Actualidad

Superindustria negó el registro de la marca Excess Intensity pedida por P&G

23 de septiembre de 2014

Simón Granja

Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

La Superintendencia de Industria y Comercio decidió que la marca Excess Intesity, solicitada por la multinacional Procter & Gamble Company (P&G) para reconocer cosméticos y preparaciones para belleza, es irregistrable por ser confundible con el signo distintivo ya registrado XS Excess de Paco Rabanne.

Eduardo Varela, abogado especialista en propiedad industrial de la firma Cavelier Abogados, explicó que “la regla de oro para determinar la confundibilidad de marcas es la de que los signos deben analizarse en su conjunto, sin dividirlos o fraccionarlos en palabras aisladas. La SIC encontró que la coincidencia de la expresión Excess en los conjuntos de las marcas enfrentadas era suficiente para suponer un eventual riesgo de confusión en el mercado, con independencia de otros elementos en los signos que aisladamente y separados del conjunto se consideraran distintos”.

La marca solicitada por la multinacional productora de bienes de consumo adquirió en 1991 la empresa Max Factor. Esta compañía fue fundada por Max Factor quien se convirtió en el revolucionario del maquillaje de las estrellas de Hollywood en los años 30 y que impulsó la perfección del rostro femenino como una tendencia por medio de sus innovaciones en los cosméticos.

Uno de los productos desarrollados por Max Factor es el delineador Excess Intensity, marca que P&G pretendió distinguir, sin embargo ahora tendrá que buscar otro signos distintivo o apelar a Concejo de Estado.

Una vez se publicó el extracto de solicitud en la Gaceta de Propiedad Industrial no se presentaron oposiciones; sin embargo, la SIC al realizar el estudio de registrabilidad encontró que Paco Rabanne ya tenía una marca con la cual se podría generar confusión si coexistían en el mercado puesto que además de compartir el término Excess que es la razón de la negativa, ambas marcas están inscritas en la misma clase internacional de Niza, la número tres, aumentando así el riesgo a confusión.

El abogado especialista en propiedad industrial, Gerardo Flórez, consideró que “es importante tener presente que no existen otras marcas previamente registradas en dicha Clase Internacional que contenga la expresión Excess, lo que incrementa la posibilidad de que el consumidor vea afectado su proceso de decisión de compra”.

La Dirección de Signos Distintivos encontró que, como reconocen los mismos productos, los canales de distribución, divulgación o comercialización, pueden coincidir, situación que podría generar la idea errónea de que se trata de productos que tienen el mismo origen empresarial o de que el signo que se pretendee registrar constituye una innovación marcaria del signo ya registrado o una nueva línea de productos de Paco Rabanne.

En consecuencia, la Dirección resolvió que el signo que solicitaba P&G se encuentra incurso en la causal de irregistrabilidad establecida en el artículo 136 literal A de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina que dice que no se pueden registrar aquellos signos distintivos que se asemejen a otro.

Una vez P&G conoció la decisión de la Dirección decidió apelar argumentando que las marcas cotejadas se encuentran compuestas por palabras diferentes, cuya disposición permite que el consumidor sea perfectamente capaz de individualizar cada una. No obstante, el superintendente delegado para propiedad industrial, José Luis Londoño, resolvió que se encuentra de acorde a la decisión tomada en primera instancia y que por lo tanto, la mantiene puesto que los consumidores podrían pensar erróneamente que ambas marcas tienen el mismo origen empresarial, negando así el registro del signo distintivo Exceso Intensity de P&G.

La opinión

gerardo flórez
Abogado especialista en propiedad industrial de prietocarrizosa

“Es importante tener presente que no existen otras marcas previamente registradas en la clase 3 que contengan la expresión Excess, lo que incrementa la posibilidad de que el consumidor vea afectado su proceso de decisión de compra”.