La SIC sancionó a 10 empresas por promociones durante el Black Friday del año pasado
La dirección encontró más de 10 faltas, con las que se violaron los estatutos de protección al consumidor y el derecho al retracto
25 de noviembre de 2025Contenido
Black Friday es una de las temporadas más esperadas del año por sus descuentos de ensueño. Durante 2024, la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, monitoreó aproximadamente 60 establecimientos de comercio que participaron en esta jornada de promociones, con el objetivo de vigilar el cumplimiento de las normativas que protegen a los consumidores, especialmente en lo relacionado con la información y las garantías de los descuentos ofrecidos en comercio electrónico.
Como resultado de estas inspecciones, la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la SIC multó a 10 empresas, proveedores de diferentes bienes y servicios, que promocionaron sus productos durante el Black Friday del año pasado.
En específico, sancionó a Bigfoot Colombia S.A.S., Supertiendas y Droguerías Olímpica S.A.-Olímpica S.A., Lagobo Distribuciones S.A.S. Sigla L.G.B. S.A.S., Airlaf Internacional S.A.S., Nueve Nueve Dos S.A.S., Comercializadora Baldini S.A. Baldini, Makro Supermayorista S.A.S., Almacenes Maximo, Sodimac Colombia S.A. e Inversiones Blo S.A.S.
Las multas sumaron $3.068 millones en total y, entre las razones que motivaron a su imposición, están que dichas empresas no suministraron información oportuna sobre las condiciones de modo para acceder a las promociones: requisitos, términos de entrega, especificidad de si los descuentos eran acumulables con otros disponibles, y existencia de unidades máximas habilitadas para compra por persona.
En segundo lugar, la Superindustria encontró que no proporcionaron datos claros sobre los productos que estaban en promoción, así como su calidad y cantidad. A su vez, faltó información sobre el derecho al retracto y reversión de pago y cómo podían ejercerlo los compradores en la etapa anterior a la aceptación de la oferta.
Otro de las faltas evidenciadas fue que las algunas de las 10 compañías sancionadas no exigieron documentos y datos adicionales requeridos para la expedición de facturas y, con ello, el ejercicio del derecho a la garantía. Tampoco suministraron "información previa a la aceptación de la oferta y en todo momento sobre la persona jurídica con la que se desarrollaría la relación de consumo", explicó la dirección.
En cuanto a los productos objetos de promoción durante el Black Friday, la SIC encontró que estas empresas no suministraron información veraz, clara, accesible y actualizada sobre componentes, medidas, forma de fabricación, uso, restricciones y cuidados relevantes para preservarlos, lo que conllevó a que los compradores no pudieron hacerse una representación aproximada a la realidad de los mismos.
"No disponer de un mecanismo para la radicación de peticiones, quejas y reclamos en el que constara fecha y hora de radicación, así como para hacer su posterior seguimiento", agregó la dirección. Seguido de esto, la SIC explicó que algunas de las páginas web de estas compañías no contenían enlaces identificables en los que el consumidor pudiera ingresar a la plataforma de autoridad de protección al consumidor.
En último lugar, el ente de control identificó que estos establecimientos adoptaron disposiciones con las que exigían a los consumidores presentar una factura que acreditara la compra para que pudieran ejercer el derecho al retracto. En esa medida, fueron sancionadas por afectar el "derecho a reclamar y a obtener la reposición de las tarjetas de regalo cuando se presentara un evento de pérdida o extravío".
Con estos hechos, la Superindustria reafirmó su compromiso con proteger los derechos de los consumidores, especialmente en procesos de comercialización de productos de consumo masivo, para garantizar transparencia y seguridad jurídica. "De esta manera se busca que los consumidores cuenten con información suficiente para tomar decisiones informadas y ejercer sus derechos de manera adecuada".