Superintendencia investiga a Movistar por cobros de equipos WiFi sin consentimiento
La investigación busca definir si se vulneró el derecho a la libre elección, lo que podría derivar en multas de hasta 15.000 salarios mínimos
09 de abril de 2026Contenido
La Superintendencia de Industria y Comercio inició una investigación administrativa contra la sociedad Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P. BIC, conocida por su nombre comercial como Movistar, mediante la Resolución No. 21211 del 26 de marzo de 2026.
Esta acción responde a una serie de denuncias presentadas por usuarios que reportaron cobros por equipos repetidores denominados "Baseport" sin haber otorgado su consentimiento previo.
El organismo de control busca determinar si la empresa vulneró el derecho de los consumidores a la libre elección de sus equipos. Tras una etapa de averiguación preliminar, la autoridad analizó la información recaudada y formuló un pliego de cargos formal. Se investiga si la compañía facturó estos dispositivos de WiFi entre agosto de 2020 y mayo de 2024 sin contar con la voluntad expresa de los clientes. La indagación se centra en el respeto al derecho de los usuarios a decidir en todo momento qué elementos utilizan para acceder a sus servicios de comunicaciones.
La investigación también contempla una posible infracción al derecho de los usuarios a conocer con exactitud las tarifas aplicables a los servicios que contratan. Según los reportes que dieron origen al proceso, se habrían generado cargos que no fueron informados ni aceptados por los denunciantes antes de aparecer en la facturación. Esto constituiría una falta en la transparencia de los costos asociados a la prestación del servicio.
Otro de los cargos formulados se refiere al presunto incumplimiento del deber de proporcionar información suficiente, oportuna y comprobable a los abonados. La entidad señala que Movistar habría fallado en mantener actualizado el contrato único de prestación de servicios fijos y en garantizar que los usuarios tuvieran acceso a su contenido. Estas obligaciones son fundamentales para asegurar que el consumidor conozca las condiciones vigentes de su vinculación contractual.
De comprobarse las conductas señaladas, la Superintendencia de Industria y Comercio tiene la facultad de imponer multas que alcanzan los 15.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes por cada infracción cometida. El operador cuenta con un término de 15 días tras su notificación para presentar su defensa y las pruebas que considere pertinentes. Contra este acto administrativo de formulación de cargos no proceden recursos legales inmediatos