Tribunal negó la anulación de ingreso de Cundinamarca en la Región Metropolitana de Bogotá
La justicia administrativa desestimó la demanda contra la Ordenanza 085 de 2022, al concluir que se cumplieron los requisitos ciudadanos
23 de abril de 2026Contenido
La Sección Primera, Subsección A, negó las pretensiones de la demanda que buscaba anular la Ordenanza No. 085 del 8 de julio de 2022. Mediante este acto, se autorizó el ingreso de Cundinamarca a la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca.
La controversia presentada ante la Corporación señalaba la omisión de la audiencia pública requerida por la Ley 2199 de 2022. Asimismo, la parte demandante argumentó una falta de análisis de impacto fiscal y una extralimitación en las funciones del Gobernador, lo cual, según los demandantes, vulneraba el principio de unidad de materia.
El tribunal determinó que la Asamblea Departamental cumplió con la convocatoria a la audiencia pública a través de diferentes medios. La sesión contó con intervenciones de ciudadanos. La ley no establece condiciones sobre fechas, lugares o número de participantes, por lo que la celebración de este acto durante la Semana Santa no afectó su validez legal.
En relación con el aspecto económico, la Corporación confirmó que la administración realizó el estudio de impacto fiscal. Los recursos financieros requeridos para la implementación estaban previstos en el plan del departamento. En consecuencia, la ordenanza no generó un gasto adicional para las finanzas departamentales.
La decisión estableció que el Gobernador actuó dentro de sus competencias. La autoridad posee funciones para adelantar las gestiones administrativas y presupuestales orientadas a la puesta en funcionamiento de la Región Metropolitana. Por tanto, la Corporación concluyó que no se vulneró el principio de unidad de materia.