Tribunal Superior aceptó queja interpuesta por defensa contra juez en el caso Uribe
Jaime Granados, defensor del expresidente, interpuso un recurso en el que pidió la nulidad de lo actuado antes de la acusación formal
02 de julio de 2024Contenido
Este martes, el Tribunal Superior de Bogotá aceptó la queja que interpuso la defensa del exsenador Álvaro Uribe Vélez contra la juez 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento. Esta queja se produjo después de rechazar la solicitud de nulidad en este caso.
Dicha queja se dio luego que el abogado Jaime Granados, defensor de Uribe Vélez, hubiera solicitado antes de iniciarse la audiencia de acusación por los delitos de soborno, soborno en actuación penal y fraude procesal contra el también exsenador, que se declarara la nulidad de todo lo actuado, tras argumentar que se han violado varios derechos fundamentales entre ellos el del debido proceso y la defensa.
Ahora, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá decidió aceptar la defensa que interpuso la defensa del exmandatario.
"Declarar correctamente negado el recurso de apelación formulado por la defensa de Álvaro Uribe Vélez en contra de la decisión de 24 de mayo de 2024, por medio de la cual el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá rechazó de plano la solicitud de nulidad reclamada por la defensa bajo el argumento de vulneración al debido proceso por indebida equiparación en la vinculación del
acusado al proceso penal, entre los institutos de la Ley 600 de 200 y 906 de 2004; conforme lo indicado en la parte motiva de esta providencia", dice el documento del Tribunal Superior de Bogotá.
Y agregó que: "declarar mal denegado el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Álvaro Uribe Vélez en contra de la parte de la decisión de 24 de mayo de 2024, que rechazó de plano la nulidad por afectación al principio de congruencia, conforme a lo expuesto en la parte motiva de este proveído. En tal medida, al ser manifiesta la intención de la defensa de apelar la decisión mencionada en este numeral, el despacho judicial de conocimiento deberá habilitar el espacio procesal para que sustente la apelación, se corra traslado a los no recurrentes y, luego, se verifiquen los presupuestos procesales".
Igualmente, se le ordenó a la juez 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, que deberá habilitar el espacio procesal para que la defensa del exsenador Uribe Vélez pueda presentar el recurso de apelación.
El paso a seguir es que el 10 de julio, cuando se retome la audiencia del caso, la juez deberá entrar a resolver la nulidad planteada por la defensa de Uribe.