Tribunal Superior de Bogotá dejó en firme la suspensión del canciller Álvaro Leyva
En la tutela, el suspendido canciller argumentaba una grave violación a los derechos fundamentales, al trabajo y al debido proceso
23 de febrero de 2024Contenido
El suspendido canciller Álvaro Leyva buscaba tumbar, vía tutela, la suspensión de tres meses que le impuso la Procuraduría General de la Nación, pero no fue así. En las últimas horas el Tribunal Superior de Bogotá le negó la tutela en la que él argumentaba una grave violación a los derechos fundamentales, al trabajo, debido proceso y a ejercer cargos públicos.
Leyva fue separado tres meses del cargo mientras el Ministerio Público lo investiga por sus acciones durante la declaratoria desierta del millonario contrato para pasaportes.
“Corolario de lo expuesto, se habrá de negar la acción de tutela que promovió Álvaro Leyva Durán porque luego de examinar el fondo del asunto se constató que las decisiones adoptadas por la Procuraduría General de la Nación no vulneraron ni amenazaron sus derechos constitucionales fundamentales”, se lee en una parte del documento del Tribunal Superior de Bogotá.
"No resulta acertado sostener que la Sala Disciplinaria de Instrucción se basó en simples sospechas, pues en el auto del 24 de enero de 2024, quedó fundamentado que el ministro es el encargado de dirigir los procesos de contratación en la entidad y que, en tal calidad, dentro de un mismo proceso licitatorio infringió en dos oportunidades las normas que regulan la contratación estatal, apartándose de las recomendaciones emitidas en su momento por los funcionarios intervinientes en el proceso”.
Esto significa que para los magistrados, las decisiones adoptadas por la Procuraduría no vulneraron ni amenazaron los derechos del suspendido canciller y que se le han brindado todas las garantías procesales para ejercer su defensa.
En el momento de su suspensión, la Sala Disciplinaria de Instrucción señaló que el canciller habría incurrido en dos faltas disciplinarias, calificadas de manera provisional como gravísimas cometidas a título de dolo, la primera al declarar desierta la licitación 001 de 2023 sin tener los fundamentos fácticos, jurídicos y técnicos, con lo que pudo transgredir los principios que rigen la contratación estatal.
Adicionalmente, el organismo de control profirió cargos al Ministro por supuestamente decretar la urgencia manifiesta durante el desarrollo del trámite contractual sin que, al parecer, existieran causales para adoptar esa determinación.
Sobre la decisión de la suspensión provisional a Leyva Durán, la Sala Disciplinaria sostuvo que la medida se tomó en aras de evitar la posible reiteración de las faltas disciplinarias que se le atribuyen, teniendo en cuenta su rol como ordenador del gasto de la Cancillería y el que funge como director del nuevo proceso contractual que se adelanta para la gestión de pasaportes.
Tras la decisión del Ministerio Público y los recursos aplicados por Leyva, la defensa de Leyva en cabeza del abogado Yefferson Dueñas presentó esta tutela argumentando que, al ser una licitación pública, no tenía sentido que a la final solo se presentara un oferente y que, entre las facultades de Leyva, está ordenar el gasto de la Cancillería, por lo que considera que se violaron sus derechos.