Judicial

Triunfo legal de Colombia a la empresa minera Red Eagle por páramo de Santurbán

LR

Un Tribunal arbitral emitió un laudo desestimando las reclamaciones por expropiación y violación del Estándar Mínimo de Trato

04 de marzo de 2024

Carlos Jaramillo Palacio

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“Este es un gran triunfo nacional. Detuvimos la pérdida de territorio defendiendo nuestro mar Caribe y ahora logramos defender nuestro páramo de la codicia. La Nación y la Vida han triunfado”, con estas palabras en X, el presidente Gustavo Petro celebró que Colombia ganara la demanda por la prohibición de la minería en el páramo de Santurbán.

Toda esta declaración se debe a que en las últimas horas, un Tribunal Arbitral confirmó que el país no incumplió el TLC Canadá-Colombia y avaló las medidas adoptadas para la protección de los ecosistemas de páramo, en particular Santurbán, tras una demanda contra el Estado presentada por una firma minera.

El Tribunal de Arbitraje concluyó el proceso de arbitraje iniciado por Red Eagle Exploration Limited (Red Eagle) contra Colombia. El proceso se originó a raíz de la prohibición de la actividad minera en los ecosistemas de páramo, específicamente en el páramo de Santurbán. En su pronunciamiento, el Tribunal emitió un laudo desestimando las reclamaciones por expropiación y violación del Estándar Mínimo de Trato presentadas por Red Eagle, una empresa minera con sede en Colombia.

La decisión reconoce que la prohibición de realizar actividades de minería en ecosistemas de páramo constituye un ejercicio legítimo del derecho de Colombia a ejercer potestades regulatorias en bien del interés general, especialmente en cuestiones relativas a la protección del medio ambiente.

La demanda de Red Eagle buscaba una indemnización cercana a los US$130 millones. Argumentaban que las medidas legislativas, administrativas y judiciales adoptadas por las autoridades colombianas para prohibir la minería en ecosistemas de páramo habían impedido el desarrollo de su proyecto minero en el área de Santurbán, constituyendo así una expropiación indirecta de su inversión.

No obstante, el Tribunal Arbitral acogió los argumentos de defensa presentados por el Estado colombiano. Desde la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje) celebraron la decisión.