Opinión

Derecho de preferencia para los títulos mineros antiguos

19 de mayo de 2017
Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

Son los derechos derivados de las licencias de exploración, permisos o licencias de explotación, contratos de explotación y contratos celebrados sobre áreas de aporte, que se encontraban vigentes o en evaluación para su otorgamiento con anterioridad a la vigencia de la ley 685 de 2001.

¿En qué consiste el derecho de preferencia para los títulos mineros antiguos?
De acuerdo con el parágrafo primero del artículo 53 de la Ley 1753 de 2015 los beneficiarios de licencias de explotación que hayan optado por la prórroga de este título minero y los beneficiarios de contratos mineros de pequeña minería celebrados en áreas de aporte, tendrán derecho de preferencia para obtener nuevamente el área objeto del título minero. 

¿Esta prerrogativa fue estipulada también en la ley 685 de 2001?  
El artículo 349 de la ley 685 de 2001 establece que los titulares de licencias de exploración o explotación o los contratos que hubiere suscrito podían acogerse a los términos y condiciones de la Ley ibídem, para lo cual tenían un término de dos meses contados a partir de la vigencia de dicha Ley. Sin embargo, esta disposición dejó por fuera los contratos otorgados en áreas de aporte. 

¿Qué pasaba con los contratos de pequeña minería celebrados en áreas de aporte?
De acuerdo con el artículo 351 de la Ley 685 de 2001, el artículo 79 del Decreto 2655 de 1988 y diferentes fallos del Consejo de Estado, los contratos sobre áreas de aporte se rigen de acuerdo a las cláusulas y disposiciones que se hubiesen pactado en el contrato. De acuerdo con la nueva disposición del artículo 53 de la Ley 1753 de 2015 los beneficiarios de contratos sobre áreas de aporte podrán solicitar el derecho de preferencia, sin importar si dicho derecho estaba pactado o no en el contrato. 

¿Qué es la evaluación costo beneficio? 
La evaluación costo beneficio es la que realizará la Autoridad Minera para otorgar el derecho de preferencia, la cual se basa en la evaluación financiera del proyecto minero, de acuerdo su ubicación, tipo de mineral, las características técnicas y operativas y las condiciones del mercado nacional e internacional.