Producción

Zppa - Appa y el desarrollo local y regional

26 de marzo de 2025

Adriana Martínez Villegas

Presidente de Martínez Córdoba & Abogados Asociados
Canal de noticias de Asuntos Legales

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Avanza el desarrollo de las Zppa o zonas de protección para la producción de alimentos en distintas partes del país. Ya se han identificado para la Guajira, el Suroeste Antioqueño y la provincia de Sabana Centro de Cundinamarca, como primeros ejercicios a nivel nacional. Esas zonas son la antesala para la posterior declaración de las Appa o Áreas de Protección para la Producción de Alimentos, que constituyen una determinante para el ordenamiento territorial. La regulación existente dispone que, entre otros criterios, la frontera agrícola, la aptitud de usos agropecuarios, las clases agrológicas y la presencia de agricultura campesina, familiar y comunitaria, permiten identificar las zonas de protección para la producción de alimentos, que tienen como propósito relacionar y servir de referente para, como se explicó, hacer el ejercicio posterior de fijar la determinante del ordenamiento territorial.

En el caso de la región de Sabana Centro en Cundinamarca, la Asociación de Municipios de esa provincia, conformada por los municipios de Cajicá, Chía, Cogua, Cota, Gachancipá, Nemocón, Sopó, Tabio, Tenjo, Tocancipá y Zipaquirá, demandó la nulidad de la resolución 507 de 2023 a través de la cual se había identificado la Zppa. Cabe señalar que algunos de estos municipios son importantes productores de carbón, materiales de construcción y arcillas, que abastecen mercados regionales y nacionales. El Consejo de Estado en pronunciamiento del pasado 17 de enero de 2025, al definir las excepciones previas formuladas por la parte demandada, consideró que la resolución acusada no crea, modifica ni extingue una situación jurídica, porque no resuelve sobre la declaratoria o no de las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos, ni pone fin a procedimiento administrativo alguno, y que por tales razones no es susceptible de control judicial. Hasta ahí llegó, ese intento de parar esas identificaciones.
Lo cierto es que la preocupación por los efectos de las Zppa y posteriores Appa, no es sólo de Cundinamarca. Antioquia también demandó la resolución 377 de 2024, que identifica las zonas de protección para la producción de alimentos en el Suroeste, ya que podrían afectarse 23 municipios y 250.000 hectáreas, que representan el 39% de la subregión. Allí hay un gran potencial para la explotación de oro y en palabras del Gobernador, pocas posibilidades de desarrollar agricultura intensiva por su topografía. Para el caso de la Guajira, los municipios implicados en la Zppa son nueve y es pertinente destacar que allí se concentra una parte importante de la actividad minera del carbón.
Los argumentos del gobierno para identificar las Zppa y declarar las Appa, se refieren a que se protege así un potencial muy importante para la producción de alimentos, que permite cumplir con mandatos constitucionales relacionados con la protección especial de los campesinos y el derecho fundamental a la alimentación. Quienes se oponen a estas medidas, no sólo señalan que se coarta y limita la decisión autónoma de los municipios y los departamentos, para definir cómo planean su desarrollo, sino que se advierte un especial interés de bloquear la actividad minera en las zonas de alto potencial minero. Lo que sí es evidente es que las determinantes del ordenamiento territorial, establecidas desde Bogotá, y sin concertación con las entidades territoriales, afectan su autonomía. Estas Zppa son una foto de lo que hoy existe en el territorio, no prevén lo que puede necesitarse a futuro, pero existirá la posibilidad de sustracción de áreas de un Appa. Habrá que ver qué tan complejo será.