Árbitros trabajadores
16 de marzo de 2026Contenido
De acuerdo con la teoría del contrato realidad, toda actividad remunerada, bajo subordinación es contrato de trabajo. No importa el horario o la periodicidad de la actividad, si se dan los tres elementos esenciales esta relación se denominará CONTRATO DE TRABAJO. Es lo primero que se enseña en la clase de derecho del trabajo.
Es importante tener en cuenta esta situación pues el fútbol desde siempre ha sido renuente a cumplir con normas de orden público como pueden ser las laborales. Sin ir más lejos se necesitó un proceso complejo para que después de cuarenta años de institucionalizada la libertad de movimiento de los trabajadores de la Unión Europea, se le permitiera a los jugadores profesionales ejercer su actividad bajo contrato de trabajo.
Las respuestas siempre son las mismas, si eso pasa se acaba el fútbol, el fútbol es distinto y no nos pueden tocar porque somos empresa privada. Al final nada ocurre, el futbol continúa siendo un gran negocio y a pesar de ser empresa privada la actividad se alinea con la legislación pues ser empresa privada no implica desconocer la ley.
Uno de los eslabones de esa cadena de “es diferente” son los árbitros, que a pesar de desarrollar su actividad bajo permanente subordinación a cambio de dinero no tienen contrato de trabajo.
Una gran noticia es que hace poco tiempo se formalizó en España un convenio colectivo con los árbitros, más específicamente con el sindicato arbitral AESAF. Es un convenio especial porque se formaliza con la Federación y con la Liga, es decir con la cabeza del fútbol federado de España y el fútbol profesional. En este esquema debe participar la Liga que si bien no es el empleador de los árbitros si es el principal financiador de esta actividad y quien más utiliza a los mejores jueces. La liga aporta el mayor porcentaje de dinero para manejar todo el sistema y lógicamente para los partidos de su campeonato cuenta con los árbitros, es por esto que participó en el acuerdo.
Parecería que una vez por todas, al menos en ese país, la controversia de si hay una relación laboral o no con lo árbitros queda zanjada. Claro que hay contrato de trabajo y claro que se puede firmar un convenio colectivo (en Colombia será una convención colectiva) entre su empleador, la federación y el sindicato.
El convenio se firmó, en lógica pura con federación y liga pues cada una tiene una labor importante en el trabajo de los árbitros, la empleadora es la federación pero la liga es la que por una parte financia y por la otra utiliza los árbitros. La Federación, prepara, entrega indumentaria y crea un escalafón con el cual se designan para diferentes partidos.
El convenio es de corta duración, cubre apenas la presente liga, pero es el preámbulo para firmar una de mayor duración que parece iría hasta 2030.
En este mundo de apuestas es imperativo que los árbitros estén seguros en sus cargos, que económicamente estén cómodos para no caer en la tentación de hacer bobadas para ganarse unos pesos y cuadrar el mes.
Personalmente creo que también hay una relación laboral entre la federación y los jugadores que irán al mundial, ¿cómo se puede entender una relación de permanente subordinación durante algo más de un mes en la que unas personas desarrollan una labor personal a cambio de unas sumas importantes de dinero?. La respuesta es más o menos que no hay relación laboral porque así lo indica FIFA pero la realidad es bien diferente. Seguramente para este mundial no ocurrirá nada pero en algún momento ocurrirá.