Deportistas Trans
06 de octubre de 2025Contenido
La semana pasada la Corte Constitucional amparó a una voleibolista trans en Antioquia para jugar un torneo femenino y reabrió un debate que lejos de estar resuelto sigue generando tensiones en el deporte. El punto central es claro pues el lugar de las deportistas trans en las competencias femeninas no es pacífico; es uno de los temas más polémicos de la actualidad deportiva.
No existen estudios concluyentes que permitan afirmar que las mujeres trans tienen una ventaja frente a las mujeres cis. Los trabajos disponibles son parciales, limitados y en muchos casos contradictorios. Algunas investigaciones han señalado diferencias en densidad ósea o en la fuerza residual después de la transición hormonal, mientras que otras no han encontrado ventajas significativas que se traduzcan en desempeño deportivo real. La ciencia, en este punto, aún no ha dicho la última palabra.
Lo que sí existen son casos emblemáticos que han puesto el tema en el centro de la discusión global. Caster Semenya, la corredora sudafricana con hiperandrogenismo, fue objeto de largos litigios en el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) y en tribunales europeos. Aunque su situación no corresponde exactamente a la de una mujer trans, sus batallas legales evidenciaron lo poco que sabemos sobre la relación entre hormonas, sexo biológico y rendimiento deportivo. Algo diferente ocurrió con la nadadora estadounidense Lia Thomas que con la declaración a mujer trans de buenas a primeras dejó su lugar mediocre en la natación masculina y pasó a ser la mejor en mujeres. Situación que encendió debates políticos, deportivos y académicos en Estados Unidos.
Hasta hace poco tiempo, la tendencia regulatoria era permisiva. El Comité Olímpico Internacional permitía la participación de mujeres trans en competencias femeninas bajo la condición de mantener niveles bajos de testosterona durante un año previo a la competencia. La idea dominante era garantizar inclusión y reconocimiento de derechos, asumiendo que el principio de igualdad debía primar.
En los últimos años se ha dado un giro drástico. Federaciones internacionales como World Aquatics, World Athletics y la Unión Ciclista Internacional han optado por restringir, e incluso prohibir, la participación de mujeres trans que hayan pasado por la pubertad masculina en las categorías femeninas. Al mismo tiempo, algunas han creado categorías abiertas que en la práctica no han tenido acogida. El péndulo, que antes se inclinaba hacia la inclusión, hoy se ha movido hacia la exclusión bajo el argumento de proteger la equidad competitiva.
El fallo colombiano, en este contexto, rompe la tendencia y se convierte en un precedente complejo: reconoce la ausencia de estudios concluyentes y ordena evaluar caso por caso, en lugar de aplicar prohibiciones absolutas. Se trata de una decisión que reconoce la ignorancia científica y plantea un reto para las federaciones y ligas: diseñar criterios claros, proporcionales y técnicamente sustentados, algo que hoy ninguna ciencia ni normativa internacional logra resolver del todo, muy colombiano, si afuera no se ha logrado, acá tampoco pero que importa.
El debate seguirá abierto, porque no se trata solo de derechos ni de ciencia: es un cruce entre identidad, igualdad y equidad deportiva. La Corte Constitucional ha optado por el camino garantista y ahora el deporte colombiano deberá decidir cómo conjugar inclusión y justicia competitiva en un terreno donde, paradójicamente, lo único cierto es la incertidumbre.