Jugador de la Selección Colombia vale €150.000

Andrés Charria

En dos fallos en los que los jugadores Santiago Arias y Elkin Soto terminaron el contrato de trabajo sin justa causa con sus antiguos clubes Equidad y Once Caldas, Fifa inicialmente y posteriormente el TAS en fallo de segunda instancia consideraron que la indemnización que se debería pagar por esta terminación no podía ser mayor que la cifra indicada.

Como abogado del Once Caldas hace siete años y de Santiago Arias en la actualidad tuve la oportunidad de analizar con los árbitros y sobre todo con los representantes de Fifa esta situación.

Evidentemente, los jugadores colombianos en la actualidad son apetecidos en Europa por sus características, habilidades y profesionalismo; sin embargo, los clubes y la organización interna de los mismos no generan la misma admiración, se les tiene a los dirigentes como poco profesionales y faltos de formación.

Varios son los argumentos que plantearon para concluir, en ambos casos que si bien el jugador terminó sin justa causa el contrato de trabajo y que el club debería recibir una indemnización, esta no podía ser considerable.

 El primero y más contundente es la visión que se tiene de los clubes colombianos como empleadores, me sorprendí del conocimiento de Fifa sobre las diferentes formas de engañar a los jugadores por parte de los clubes en el momento de la firma del contrato de trabajo y durante el desarrollo del mismo; dobles contratos, hojas intercambiadas, bonificaciones absurdas, cambio de los contratos y todo tipo de argucias diseñadas para defraudar al jugador, sin mencionar la dificultad que tienen un jugador para obtener copia de su contrato, que por ley colombiana y reglamentación Fifa es obligación del empleador entregar.

El caso de Santiago Arias se inició porque Equidad cotizaba de manera irregular la salud del jugador con el único propósito de ahorrarse algún dinero, sin importar el futuro y el bienestar de un profesional, más aún cuando en Colombia hay historias de jugadores que quedaron prácticamente en la calle por no estar afiliados por sus empleadores al sistema general de salud.

Tampoco es de buen recibo el trato de que son objeto los jugadores; en el fallo de Santiago Arias se hace énfasis en el poco apoyo que recibió el jugador por parte de Equidad al llegar a una ciudad como Bogotá en temas de transporte y vivienda.

También se cuestiona que resulta muy poco coherente pretender sumas considerables de dinero por la transferencia, más de tres millones de euros, por un jugador cuyo salario mensual era inferior a mil dólares.

Finalmente, se argumentó que no se manejan contratos específicos para jugadores profesionales de fútbol, la tan mencionada especificidad del deporte no está plasmada en un contrato.

Estos laudos son un llamado de atención a los clubes para hacer mucho más profesional su negocio, un contrato de trabajo redactado de manera específica para un jugador profesional de fútbol con cláusulas que reflejen las características de la labor y con salarios coherentes a las expectativas futuras de transferencia, al igual que el manejo transparente con los jugadores modificaría la visión que se tiene y seguramente permitiría en casos de conflictos lograr indemnizaciones mayores.