Ambiente laboral

Trabajo presencial, otra víctima del Covid

09 de abril de 2020
Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

Ahora si nos tocó trabajar remotamente a la fuerza y no hay vuelta atrás.

El teletrabajo fue regulado en Colombia por la Ley 1221 de 2008, es decir, hace 12 años. El artículo 1 de dicha ley establece que el teletrabajo es “un instrumento de generación de empleo y autoempleo mediante la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones”.

Sin embargo, hasta que apareció el Covid-19, el teletrabajo en Colombia fue utilizado mínimamente, siempre bajo la excusa de la importancia de la presencialidad. La ley no había cumplido con su finalidad de ser una herramienta para la generación de “empleo y autoempleo”.

Basta con revisar el reporte de “Resultados del Teletrabajo” del Ministerio TIC de 2018 dice que “El teletrabajo se consolida en Colombia con 122 mil teletrabajadores.”. No entiendo muy bien de que consolidación hablan cuando esos 122.000 trabajadores representaron un 0.54% de la población ocupada, de acuerdo con las cifras del Dane de dicho año que hablan de una población ocupada de 22.383.000.

El Covid-19 terminará encarnando el espíritu de la Ley 1221. Muchos trabajadores han estado trabajando de manera remota y por medios tecnológicos por primera vez en sus vidas. Esto causará una gran disrupción no sólo en si vida laboral sino en su vida personal. Hemos visto como muchas reuniones podían ser reemplazadas por un email y como la adaptabilidad de las personas permite que equipos numerosos desarrollen tareas altamente complicadas por medio de aplicaciones virtuales, sin que signifique una desmejora en calidad o en la eficiencia.

Dentro de todo lo malo que significará el virus para la economía y el desempleo global, el abrupto cambio hacia el trabajo digital podría traer ventajas para las empresas en relación con la conservación de talento. El trabajo remoto permitirá mayor flexibilización para madres y padres, personas con discapacidad, personas con desplazamientos extensos, entre muchos otros, los cuales podrían llegar a renunciar en el pasado debido a la necesidad de una presencia física diaria en las oficinas de la empresa.

El trabajo por medios digitales también conllevará retos, pues el Covid-19 ha dejado al descubierto la importancia de la seguridad social y en específico de la cobertura del sistema de salud, por lo que el trabajo digital no debe significar la desprotección. De nada sirve el distanciamiento social si las personas no tienen la posibilidad de ir a un hospital.

Adicionalmente, aunque se trata de un trabajo más flexible, igual se deben respetar los tiempos de trabajo y los tiempos personales, la jornada seguirá existiendo, lo mismo que las vacaciones. Además, se debe tener en cuenta el gasto en electricidad, redes, etc. para el trabajador, pues como bien lo ha dicho la Ley 1221, no se puede trasladar este gasto al empleado.

Las cosas no volverán a ser como antes, el distanciamiento social continuará por meses o incluso años y la economía, con recesión o sin ésta, seguirá. Las personas y las empresas se acostumbrarán a las herramientas virtuales con las que tenemos la fortuna de contar y el tema de la presencialidad, tan imprescindible que era, pasará a la historia en aquellos trabajos en los que se probará que remotamente funcionan igual o mejor.