El turno es para las empresas petroleras
12 de octubre de 2017Contenido
Hace unos meses se dieron hechos positivos que sacudieron las actividades petroleras en el país. En mayo, la Agencia Nacional de Hidrocarburos expidió el nuevo reglamento de asignación de áreas y en septiembre lanzó el proceso competitivo para asignar bloques en la cuenca Sinú San Jacinto.
Las nuevas reglas para los procesos de asignación de áreas y contratación de actividades petroleras finalmente se expidieron, trayendo novedades en los procedimientos, como el competitivo permanente que habrá de ponerse en marcha cuando se creen la infraestructura para su manejo y sus reglas específicas.
Este reglamento también llegó con complejidades en la valoración de las propuestas, de los compromisos contractuales no ejecutados y de las obligaciones relacionadas con las garantías y los programas en beneficio de las comunidades; pero también vino con alternativas para los contratos con situaciones de imposibilidad de cumplimiento.
Dado que dicho estatuto puede ser aplicado a los contratos en curso, corresponde ahora a las empresas revisar detenidamente tales novedades, examinar sus condiciones particulares y entender y evaluar las implicaciones de acogerse a él.
Por otra parte, el proceso competitivo puntual Sinú San Jacinto, con 15 áreas prospectivas para gas, abre una puerta para que al cabo de más de 3 años se vuelvan a celebrar contratos de exploración y producción de hidrocarburos en Colombia. La estructura y los términos de este proceso son similares a los de los últimos procesos de Ronda. Las novedades están relacionadas con el sistema de evaluación de las propuestas ya que ahora se medirán conforme a dos aspectos: un puntaje a proponer por las actividades exploratorias adicionales, en exceso del puntaje mínimo dispuesto por la ANH según el tipo de área, y un porcentaje de participación del producto que se ofrezca en favor del Estado.
Contrario a lo que se esperaba, se incrementaron los requisitos de habilitación para la capacidad económico financiera, lo cual limita el acceso a empresas con ánimo de inversión. Sobre los términos contractuales, hay oportunidad de hacer ajustes para incluir mayores flexibilidades en materia de garantías, cuya expedición y costo se han vuelto muy difíciles para las empresas, así como en cuanto a plazos para tramitar y definir las consultas, licencias, acciones, planes y viabilidad de los proyectos en estas épocas de incertidumbres.
Tanto el reglamento como el contrato incluyen algunos elementos para darles tranquilidad a los inversionistas frente a los problemas que enfrenta el país por no poder ejecutar sus actividades por razón de inseguridad, restricciones ambientales, manifestaciones sociales, consultas populares o demoras por consultas previas. Es clara la intención de la ANH en dejar que el inversionista afronte la situación, colaborándole con la superación de los problemas con su Estrategia Territorial y con la gestión ante otras autoridades, esfuerzos que a menudo resultan insuficientes y que ameritan, también, prever soluciones contractuales.
A buena hora se amplió el cronograma del proceso para permitir cumplir con los requisitos de habilitación y realizar una evaluación técnica y económica de las áreas ofrecidas.
Es el turno de las empresas, de contar con la buena aplicación del reglamento y con el éxito en la contratación de los bloques ofrecidos para lograr el impulso que el sector demanda en bien de las regiones y del país.