Implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo
15 de mayo de 2018Contenido
Desde 1979 en Colombia se han implementado normas para desarrollar gestiones y controles en la salud ocupacional para mejorar la calidad de vida de las personas en sus lugares de trabajo.
En consideración de lo anterior el pasado 27 de marzo de 2017, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 1111 de 2017 en la que se establecen los requisitos y las fechas límites para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Este documento normativo, a diferencia de las anteriores normas, determina los plazos específicos en que se deberán implementar las acciones por parte de empleadores sobre la planeación, las acciones, las verificaciones y las mejoras para garantizar las condiciones de seguridad y salud a sus trabajadores.
Esta nueva normativa establece protecciones adicionales en salud y seguridad en la realización de actividades sobre los contratistas, estudiantes, trabajadores en misión y en general a todas las personas que presten servicios o ejecuten labores en las instalaciones, sedes o centros de trabajo de la empresa empleadora o contratante a cargo de quien se beneficie de sus servicios.
Hasta el momento se han vencido los términos para dos de las fases determinadas y correspondientes a: (i) La evaluación inicial en la cual las empresas debieron realizar una autoevaluación para identificar las prioridades y las necesidades en seguridad y salud en el trabajo (con vigencia hasta agosto de 2017) y (ii) El plan de mejoramiento conforme a la evaluación inicial, en el que las empresas deben establecer el plan de mejora conforme a la evaluación inicial (con vigencia hasta diciembre de 2017).
Actualmente se encuentra en marcha la fase de ejecución, la cual proyecta la Resolución 1111 de 2017 que sea desarrollada entre enero a diciembre de 2018; durante este periodo se deberá implementar el plan de mejoramiento de condiciones en seguridad y salud en el trabajo en coherencia con la autoevaluación. Para el cumplimiento del ordenamiento jurídico que regula este campo es necesario tener todos los soportes y la documentación que permitan identificar una trazabilidad en las diferentes etapas, el cumplimiento en las condiciones exigidas y la implementación del sistema en cuestión.
Una vez culminadas las anteriores etapas mencionadas, las empresas deberán desarrollar mecanismos de seguimiento y verificación del SG-SST en concordancia con el plan de mejora proyectado. De esta forma la norma obliga a las empresas a tener cuidados preventivos que disminuyen los riesgos de ocasionar un perjuicio no solo en los trabajadores, sino también a las compañías. Estas últimas etapas denominadas seguimiento y plan de mejora e inspección, vigilancia y control deberán desarrollarse entre marzo de 2019 y abril de 2019 respectivamente.
El Ministerio del Trabajo expedirá un certificado de acreditación como reconocimiento oficial a las empresas, trabajadores y contratistas con excelente calificación de los estándares mínimos que aportan valor agregado y ejecutan de manera permanente actividades adicionales a las establecidas en la legislación, que impactan positivamente en la salud y bienestar de los trabajadores, estudiantes y contratistas.
Finalmente, los expertos recomiendan desarrollar el SG-SST con el suficiente tiempo de antelación y en caso de no dominar los conceptos técnicos deben asesorarse con un apoyo externo que pueda apoyar en la documentación y las recomendaciones para cumplir con los objetivos de las normas.