Balance sobre trámites para creación de empresas
27 de junio de 2016Contenido
Desde el punto de vista procedimental, muchos emprendedores coinciden que la exagerada regulación, tramitología y burocracia de las diferentes entidades no es más que un obstáculo que impide y detiene el crecimiento económico del país.
Aunque el camino aún es largo, hay que destacar el Decreto No. 589 del 11 de abril de 2016 expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público por medio del cual se determinó que el requisito de la acreditación de titularidad de cuenta corriente o de ahorros para los trámites del Registro Único Tributario - RUT- seria eliminado.
La supresión del anterior requerimiento implica que el certificado que se genera en el Registro Único Tributario se deberá entregar de forma inmediata, sin necesidad de incurrir en tramites adicionales, eliminando por tanto la obtención de un Número de Identificación Tributaria - NIT temporal (formato 1648) previo a la apertura de la cuenta bancaria y a la obtención del certificado RUT definitivo al momento de la constitución de una empresa.
Por consiguiente y como resultado de lo anterior, la entrega del Registro Único Tributario se efectuará directamente en las Cámaras Comercio o en los puntos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Dian.
Es importante destacar que la desaparición de la anterior exigencia favorece la simplificación de trámites y ayuda al cumplimiento de todos los requerimientos formales, disminuyendo por tanto la necesidad de desplazamientos superfluos e incentivando la creación de nuevas compañías.
No obstante, si bien lo anterior contribuye a mejorar la formalización de las empresas sigue siendo ineludible continuar fomentando entre las diferentes entidades encargadas de los trámites de constitución, la implementación de medidas que eliminen todos aquellos procedimientos que son más administrativos que necesarios, hasta llegar al punto de poder implementar un sistema donde el registro mercantil se realice en línea evitando acudir directamente a las oficinas de las Cámaras de Comercio cada vez que un empresario pretenda constituir una empresa en Colombia.
En definitiva, todos estos procesos encaminados a la reducción de trámites burocráticos, benefician tanto a los emprendedores como al Estado, pues además de propiciar la incorporación de nuevas empresas, mejorarían las relaciones con la administración pública.
También aumentarían el crecimiento económico del país y serían un apoyo para todos aquellos que pretendan invertir sus recursos en nuevas ideas de negocio ya que uno de los grandes beneficios de estos cambios es precisamente la reducción de tiempos y por lo tanto la reducción de costos.