Zulma Castro y la pericia psicológica
23 de diciembre de 2025Contenido
Horror, estupor e indignación tiene que generarnos que niños mueran en circunstancias violentas. El caso de Zulma Castro, señalada como presunta responsable de la muerte de dos niñas mediante la administración de talio en abril, produjo el más absoluto unánime de rechazo social. No podía ser de otra manera ante la gravedad de los hechos, el impacto emocional y la condición de las víctimas, apenas unas niñas.
Todo esto sitúa este proceso penal en el terreno más difícil para cualquier abogado defensor. Precisamente por eso, resulta necesario revisar algunas herramientas que aún en casos que parecieran perdidos, sin ánimo de justificar el crimen ni de relativizar el daño causado.
El Derecho penal enfrenta su prueba más exigente cuando la opinión pública ya ha emitido un veredicto. En escenarios como este, el riesgo consiste en permitir que la indignación colectiva desplace el análisis técnico y convierta el proceso penal en una respuesta simbólica de castigo. El sistema de justicia, sin embargo, está diseñado para operar bajo reglas de imputación y prueba, incluso cuando el delito produce repulsión generalizada. Y por lo conocido hasta el momento, nada justifica que dos niñas hubieran muerto de esta manera.
Para cualquier defensor en este tipo de casos, su margen de maniobra es muy reducido. Las estrategias tradicionales orientadas a discutir la tipicidad, como alegar un error de tipo o un error de prohibición suelen resultar inviables. Pretender que una persona desconocía qué hacía o la ilicitud de una conducta de esta naturaleza (envenenar alimentos con talio) enfrenta obstáculos probatorios casi insalvables. Insistir en esa línea suele debilitar la defensa y alejarla de un debate jurídicamente sostenible.
En ese contexto, la pericia psicológica forense aparece como recurso límite alrededor del cual puede estructurarse una defensa penal. Se trata de un medio probatorio que permite evaluar variables psicológicas de la persona investigada, su capacidad de comprensión y autodeterminación, y la eventual existencia de alteraciones mentales relevantes en el momento de los hechos.
Como perito psicólogo siempre indico a mis clientes que este análisis no equivale a una excusa automática ni a una negación del daño causado. Su valor reside en ofrecer al juez elementos técnicos adicionales para evaluar el grado de responsabilidad penal y es importante diferenciar este ejercicio del uso impreciso del lenguaje cotidiano sobre la enfermedad mental.
La pericia psicológica forense no busca etiquetar a la persona como “loca” ni sustituir el juicio jurídico por un diagnóstico clínico. Su finalidad es establecer si existían condiciones que afectaran de manera sustancial la capacidad volitiva o cognitiva, en los términos exigidos por el derecho penal. En casos extremos, esta evaluación puede ser el único camino razonable para introducir matices en la imputación.
El aporte más relevante de esta prueba se encuentra en sus posibles consecuencias jurídicas. Aun cuando se mantenga la atribución de responsabilidad, el análisis pericial puede incidir en la forma en que el Estado decide responder frente a la conducta. El ordenamiento penal contempla escenarios en los que la sanción adopta la forma de medidas de seguridad, tratamientos especializados o internación en centros de salud, en lugar de un establecimiento carcelario ordinario. Esta discusión resulta particularmente relevante cuando se trata de personas con alteraciones mentales graves.
Por la gravedad de casos como el que aquí analizamos, donde dos niñas murieron presuntamente envenenadas por la persona señalada, este enfoque suele generar incomodidad en la opinión pública. La reacción inmediata frente a crímenes que afectan a niños debe exigir la máxima severidad posible.
Sin embargo, la legitimidad del Derecho Penal depende de la capacidad para aplicar criterios racionales incluso frente a hechos que despiertan indignación colectiva. Renunciar a ese estándar equivale a aceptar un sistema penal guiado por emociones y no por garantías constitucionales.
Plantear una defensa basada en la pericia psicológica forense en casos como el de Zulma Castro no implica desconocer a las víctimas ni minimizar la gravedad del delito. Implica reconocer que el sistema jurídico tiene la obligación de imponer un castigo y también reparar a los afectados. El modo en que el Estado sanciona también comunica qué entiende por justicia.
Para los abogados penalistas, este tipo de procesos plantea un desafío técnico y ético. Defender en escenarios de rechazo absoluto exige rigor, prudencia y una comprensión clara de los límites del derecho penal. La pericia psicológica forense, utilizada con seriedad y sin excesos retóricos, puede ofrecer el único espacio desde el cual sostener una defensa penal. Incluso, y tal vez especialmente, cuando hacerlo resulta profundamente impopular.