Pensiones

Dos años no bastaron para decidir sobre el futuro de la pensión

29 de julio de 2026

Diana Bolivar

Abogada líder Derecho Laboral y Seguridad Social en Scola Abogados
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Durante los últimos días de la oportunidad de traslado pensional ocurrió algo que todos esperábamos. Las filas crecieron, las agendas para obtener la doble asesoría se llenaron, las plataformas presentaron intermitencias y miles de personas intentaron completar un trámite que había estado disponible durante dos años.

Muchos dirán que fue culpa de los ciudadanos por dejar todo para el último momento. En parte tienen razón. En Colombia es común aplazar decisiones importantes y esperar hasta el vencimiento para realizar trámites. Esperamos hasta el vencimiento para presentar la declaración de renta, pagar impuestos o realizar trámites administrativos. Con la pensión ocurrió exactamente lo mismo. Sin embargo, sería injusto detener el análisis allí.

Aunque la entrada en vigor de la Ley 2381 de 2024 quedó suspendida tras la decisión de la Corte Constitucional de devolver el proyecto al Congreso para subsanar un vicio de procedimiento, el Alto Tribunal mantuvo vigente, mediante auto, la oportunidad de traslado prevista en el artículo 76 mientras se surte nuevamente el trámite legislativo. Así, los afiliados contaron con una ventana excepcional de dos años para trasladarse entre regímenes pensionales.

La respuesta de los ciudadanos fue significativa. Al cierre de la oportunidad, de acuerdo con cifras de ASOFONDOS, se reportaron más de 166.000 traslados entre regímenes pensionales y más de 237.000 solicitudes de doble asesoría, requisito indispensable para ejercer este derecho. Estas cifras evidencian el enorme interés que despertó la medida y hacían previsible que una parte importante de los afiliados concentrara sus solicitudes durante las últimas semanas.

No era un trámite cualquiera. Se trataba de una decisión capaz de definir el ingreso económico durante la vejez y que exigía doble asesoría, revisión de la historia laboral, simulaciones y, en muchos casos, la corrección de inconsistencias acumuladas durante décadas.

Precisamente por esa complejidad y por el volumen de usuarios que se esperaba atender, la alta demanda de los últimos días no debió sorprender a las entidades encargadas del proceso. Si era previsible que cientos de miles de afiliados solicitarían asesorías y decenas de miles concretarían su traslado, el sistema debía contar con la capacidad tecnológica y operativa suficiente para responder oportunamente. Las fallas reportadas en las plataformas, las dificultades para obtener citas y las demoras en algunos trámites evidenciaron que esa capacidad resultó insuficiente.

Esto no significa que todos quienes no culminaron el trámite conserven automáticamente su derecho al traslado. Cada caso deberá analizarse individualmente. Sin embargo, sí resulta razonable preguntarse si un ciudadano que inició oportunamente el proceso puede asumir las consecuencias de fallas que escapaban de su control.

La discusión trasciende el traslado pensional. Cuando el Estado crea una oportunidad excepcional para ejercer un derecho, también debe garantizar que los mecanismos para hacerlo efectivo funcionen adecuadamente.

La oportunidad de traslado deja dos lecciones. Para los ciudadanos, la planeación pensional no puede comenzar cuando aparece una fecha límite; revisar la historia laboral y conocer el régimen pensional debe ser una práctica permanente. Para las instituciones, no basta con reconocer derechos en la ley: también deben existir plataformas, canales de atención y capacidad operativa suficientes para que esos derechos puedan ejercerse de manera efectiva.