Transacciones

CERE o no CERE, esa es la cuestión?

13 de julio de 2022

Fabio Ardila

Asociado Senior Cuatrecasas
Canal de noticias de Asuntos Legales

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En los últimos años, y especialmente por el desarrollo de proyectos de energía renovable, los proyectos con capacidad instalada menor a 20 megavatios (MW) han tenido un papel destacado. Las plantas que se construyen con estas características no están obligadas a participar en el despacho centralizado y sólo acuden a él voluntariamente. En las transacciones que hacen a través de contratos bilaterales, las plantas despachadas centralmente no están obligadas a devolver el componente de la tarifa que se destina a remunerar la confiabilidad que las plantas contribuyen al sistema, también denominado Costo Equivalente Real de Energía (CERE).

Entre otras, esta es la razón por la que muchos de los proyectos de energía renovable que se desarrollan en nuestro país tienen una capacidad menor a 20 MW y venden su energía a través de contratos bilaterales. Además de los incentivos tributarios, la no devolución del CERE ha terminado siendo un estímulo regulatorio que ha atraído a los inversionistas a este sector. Históricamente la no devolución del CERE no se estructuró como un incentivo a las plantas menores. Se quería en cambio darles flexibilidad a estas plantas, que en ese momento, eran pequeñas centrales hidroeléctricas a filo de agua, con limitadas capacidades para administrar su recurso de generación.

Sin embargo, lo que ha sucedido en la práctica es que estas plantas han venido celebrando contratos del tipo “pague lo generado” que implican que su demanda queda expuesta al precio de bolsa cuando la planta no puede generar energía, por lo que, ante un evento de hidrología crítica, la demanda de estas plantas tiene que asumir el precio en bolsa por encima del precio de escasez a pesar de haber pagado el CERE en su contrato. Dado que el objetivo del cargo por confiabilidad es garantizar el suministro en condiciones de hidrología crítica, todas las plantas que reciben cargo por confiabilidad en contrapartida tienen la obligación de entregar energía en los períodos secos. Pese a ello, estas plantas reciben los ingresos por cargo pero no tienen obligación de entrega de energía con el mercado.

Con el creciente desarrollo de la industria renovable, el tema ha vuelto a ser materia de debates. En la agenda regulatoria de la Comisión de Regulación de Energía y Gas se ha venido incluyendo una potencial revisión a la regulación aplicable a estas plantas. Aunque por el momento no se avizoran cambios, el asunto sigue estando en la mira del regulador que ha propuesto en el pasado que la remuneración por cargo por confiabilidad corresponda al aporte de energía en firme que estas plantas realicen al sistema o incluso modificar el límite que define a una planta menor para pasar de 20 MW a 50 MW.

En las financiaciones de los proyectos renovables el tema ha sido bastante discutido, pues un cambio regulatorio que implique que las plantas no despachadas deban devolver el CERE golpea fuertemente el volumen de ingresos que esperan recibir y, al mismo tiempo, golpea el modelo con el que los financiadores estructuran su préstamo. El debate también pasa por el difícil análisis que implica determinar si se concede un periodo de transición a aquellos proyectos ya desarrollados y por cuánto tiempo podría ser dicha transición.

De todas maneras, lo que no se puede perder de vista, y por fortuna así lo tiene identificado el regulador, es que las plantas menores han permitido la entrada de nuevos agentes al mercado mayorista, de ahí que cualquier debate regulatorio debería partir de un punto clave, evitar la creación de más barreras para ingresar en el mercado.