Aranceles recíprocos. ¿Del Congreso al Despacho Oval?
09 de febrero de 2026Contenido
En enero de 2025, el presidente de Estados Unidos declaró que el país enfrentaba una grave amenaza a su seguridad nacional, política exterior y economía debido al flujo migratorio descontrolado y al tráfico de drogas.
Con base en lo anterior el mandatario impuso un paquete de aranceles al amparo de la International Emergency Economic Powers Act (IEEPA), una ley de 1977 que lo faculta para aplicar sanciones económicas y restricciones financieras tendientes a conjurar situaciones de emergencia internacional, originadas en factores externos (acciones de gobiernos extranjeros o terrorismo internacional) que representan una amenaza inusual y extraordinaria contra la seguridad nacional, la política exterior o la economía del país.
Para estos efectos el presidente debe declarar un estado de emergencia nacional que justifique el uso de estos poderes.
Estas medidas fueron demandadas por algunas empresas como Costco, Kawasaki Motors y Toyota, y por los fiscales generales de Nueva York, Colorado y Delaware, entre otros (CNN).
Se adujo una posible extralimitación de las funciones del presidente, y que el ejecutivo se había arrogara una “facultad arancelaria” que le correspondía al Congreso por cuanto la IEEPA no fue concebida para adoptar una política arancelaria estructural.
El litigio llegó a la Corte Suprema de los Estados Unidos, quien decidirá sobre la legalidad de estos aranceles. El fallo, previsto para noviembre de 2025, fue aplazado hasta febrero, lo que ha exacerbado la incertidumbre, para la comunidad empresarial y en relación con los efectos fiscales que podría tener la decisión de la Corte y lo que le espera a la comunidad empresarial.
El monto de la devolución de los aranceles ya recaudados seria astronómico. Se estima que alcanza ya los US $130.000 Millones, según Bloomberg.
El representante comercial de Estados Unidos, Jamieson Greer, manifestó que, si los aranceles se caen, el Gobierno podría empezar a sustituirlo “al día siguiente”, lo que significa que, independientemente de lo que decida la Corte, la política arancelaria se mantendrá, pero con otro fundamento legal (The new York Times), probablemente las secciones 301 de la Ley de Comercio de 1974 y 232 de la Ley de Ley de Expansión Comercial de 1962.
La primera faculta al presidente de EE. UU. para identificar y contrarrestar prácticas comerciales injustas de otros países y responder con aranceles o sanciones.
A su vez, la sección 232 permite al presidente imponer aranceles sobre importaciones específicas, pero solamente cuando el Departamento de Comercio determine, mediante un estudio técnico, que ellas representan una amenaza directa, para industrias estratégicas cuya debilidad pueden poner en riesgo la seguridad nacional de los EE. UU.
También podría el ejecutivo pensar en acudir a la sección 122, de la ley de Comercio, que permite al presidente imponer aranceles, hasta de un 15%, por un periodo máximo de 150, días cuando EE. UU. experimente un grave déficit en la balanza de pagos o una rápida depreciación del dólar.
Sin embargo, si la Corte Suprema le da luz verde a los aranceles, el debate se centraría en si el presidente puede convertir los poderes, que le confieren estas leyes, en una herramienta para eludir al Congreso y ejercer, una “facultad arancelaria” que no está expresamente prevista en la ley, como lo explica Brennan Center.
Según AmCham, la decisión de la Corte determinará la política comercial de los EEUU durante los próximos años y el margen que tendrá la Casa Blanca para utilizar los aranceles como herramienta de negociación.