La Conferencia Internacional del Trabajo (I)
09 de julio de 2022Contenido
Es común por estas épocas encontrarnos con el reporte emocionado de quienes asisten por primera vez a la Conferencia. Y tienen razón al experimentar esa profunda admiración por tan magna reunión, pues ella es clarísima evidencia de un parlamento verdaderamente universal en pleno funcionamiento, y lo digo en el sentido literal y más comprehensivo del término, pues no hay en la sociedad humana, congregada en múltiples y variopintas organizaciones internacionales, una que reúna a los verdaderos protagonistas del acontecer que pretende regular; en la que los creadores de las normas sean -a la vez- los destinatarios de las mismas y quienes controlan, igualmente, su cumplimiento. Solamente la OIT aglutina en su seno a quienes son los ojos, pero también las manos de la humanidad.
Lo que esa particular y exclusiva realidad de la OIT pone de presente, y cuya admiración también yo deseo compartir con mis lectores, es la noción de corresponsabilidad y compromiso que le cabe a los llamados con razón “actores sociales”, con la suerte de la humanidad (al menos en lo laboral), y que subyace en todo lo que tiene que ver con la OIT: el tripartismo, la justicia social y la paz universal, pero también su historia, su estructura, el proceso de elaboración de las normas y su sistema de control. Nada más lejos del abominable concepto de la lucha de clases que todavía inspira a tanto sindicalista colombiano.
Pero la dimensión más relevante y aleccionadora de la Conferencia apunta a un aspecto del proceso de elaboración normativa. La formación del consenso necesario para hacer realidad la adopción de las normas, proceso tripartito que implica una delicada y evolucionada dialéctica entre esforzarse por hacer valer y prevalecer los intereses inherentes a cada uno de los grupos, sin perder de vista ni renunciar al propósito común de contribuir a la justicia social y a la paz universal mediante la adopción de las normas. Allí, a diferencia de lo que suele acontecer en Colombia cuando un sindicato o un sindicalista acepta ceder en sus pretensiones negociales con el empleador y/o el gobierno, no se le señala ni se les estigmatiza como vendidos al capitalismo. De igual modo, cuando el grupo empleador cede también en sus pretensiones no se le juzga como débil o derrotista. Defender los intereses del grupo sin perder de vista el interés de la humanidad, ese es el principio que rige las discusiones en las comisiones de la Conferencia encargadas de adoptar las normas.
Siempre despertó mi admiración en las reuniones de la Conferencia a las que tuve el honor de asistir como responsable de preparar las intervenciones de los delegados gubernamentales, observar cómo a pesar de la multitud de individuos, de intereses, de expresiones de diferentes culturas y formas de pensar y asumir la vida, por regla general al final siempre prevalece ese propósito común de dar un paso más en el logro plasmado en esa primera frase del Preámbulo de la Constitución de la OIT tan significativa a la vez que retadora para la humanidad: “considerando que una paz universal y permanente solo puede basarse en la justicia social”.
Desafortunadamente estos valiosísimos aspectos pasan desapercibidos para no pocos de los asistentes novatos a la Conferencia (algunos de los cuales no volverán a integrar la delegación del respectivo Estado miembro), quienes no alcanzan a impregnarse de la riqueza política, cultural y sociológica del tripartismo, de su profundo significado en la construcción de esa paz y esa justicia social tan necesarias no solo a nivel internacional sino también a nivel local, y a las cuales la OIT llega no por la vía absurda, violenta e inútil de las revoluciones.