Cincuenta por ciento del cargo por confiabilidad se destinaría a Energías Renovables
31 de mayo de 2024Contenido
Para fomentar precios equitativos en el suministro de energía eléctrica y promover la adopción de Fuentes No Convencionales de Energía Renovable en los hogares colombianos, se propone modificar la asignación de los ingresos provenientes del Cargo por Confiabilidad. Se destinaría el cincuenta por ciento (50%) de estos ingresos para apoyar a las comunidades energéticas y cualquier forma de generación distribuida comunitaria, incluyendo la generación distribuida colectiva y la autogeneración colectiva.
El Cargo por Confiabilidad es una figura que impulsa la expansión de la nueva generación de energía en el Mercado de Energía Mayorista, permitiendo que ciertas plantas de generación obtengan ingresos mensuales por su disponibilidad y confiabilidad en el Mercado Eléctrico Colombiano, en virtud de la Resolución CREG 071 de 2006.
A través del proyecto de Ley 430 de 2024, se propone cambiar la naturaleza del Cargo por Confiabilidad, renombrándolo como contribución para la justicia tarifaria y una transición energética segura, a partir del 1 de enero de 2025.
Este proyecto de ley también busca impulsar la generación de energías renovables en ciertas regiones de Colombia, proponiendo que durante los primeros seis años de su vigencia, el 50% de los recursos destinados a Proyectos de Energía No Convencionales se asignen a los siete departamentos que componen la Región Caribe (La Guajira, Cesar, Magdalena, Bolívar, Sucre, Atlántico y Córdoba).
Del proyecto se desprenden dos impactos relevantes. El primero es positivo, ya que promueve las energías renovables y las comunidades energéticas. El segundo, negativo, ya que reduce los ingresos provenientes del Cargo por Confiabilidad, lo cual puede afectar a las plantas que obtuvieron este derecho antes de la vigencia de la nueva ley.
La reducción del 50% de los ingresos del cargo por confiabilidad puede disminuir el interés de ciertos
inversionistas, especialmente extranjeros, en destinar capital para la generación de energía en Colombia.
En última instancia, el cambio propuesto por el proyecto de ley podría ralentizar el crecimiento económico asociado a la generación de energía en Colombia, ya que es bien sabido en el mercado energético que los inversionistas privados, con capacidad financiera, centran sus esfuerzos de negocio en la generación de energía eléctrica.
Cambios como los propuestos en el Proyecto de Ley pueden reducir la inversión en este eslabón crucial de la cadena de suministro energético. Pero, y esto es lo curioso, por otro lado fomenta figuras de interés general como lo son las comunidades energéticas.
Hemberth Suárez Lozano, Abogado en OGE ENERGY