El impacto de los conflictos armados en la aviación civil
30 de junio de 2023Contenido
Hoy el mundo es sacudido por una serie de conflictos armados; y los cielos se han convertido en un escenario donde inocentes a bordo de vuelos comerciales han perdido la vida, o se encuentran en riesgo inminente de ser derribados por misiles (tierra-aire) los cuales son capaces de impactar aeronaves a altitudes crucero.
Aislados son los casos, pero como referencia de lo anterior está el vuelo 17 de Malaysia Airlines, que tuvo lugar el 17 de julio de 2014, y en el que perdieron la vida 298 personas entre pasajeros y tripulaciones. Además, el vuelo 655 de Iran Air y vuelo 1812 de Siberia Airlines, error o no (pruebas con misiles), esto ha demandado la atención de la comunidad internacional, pues además de las pérdidas humanas, tenemos consecuencias de orden económico, así como la perdida de la confianza de los usuarios de este medio de transporte.
Las Autoridades Aeronáuticas de los Estados miembro de la OACI en materia de seguridad de la aviación civil, deben propender por la protección y seguridad de los pasajeros, la tripulación y los terceros en la superficie.
En relación con lo anterior la OACI (Organización de Aviación Civil Internacional) mediante el Documento 10084 - Manual de evaluación de riesgo para operaciones de aeronaves civiles sobre zonas de conflicto o cerca de estas zonas, propone dar asesoramiento a sus 193 Estados miembros, a las aerolíneas y proveedores de servicios de navegación aérea, con el fin de minimizar los potenciales peligros.
Dentro de estas recomendaciones tenemos como partes interesadas las siguientes, el Estado (s) que ejerce (n) jurisdicción sobre su espacio aéreo, aquí tenemos: (i) la obligación de los Estados que enfrentan un conflicto de publicar información específica respecto de las amenazas del mismo y sus consecuencias para la aviación civil (ii) la prohibición o restricción en el uso del espacio aéreo total o parcialmente, en el que pueda estar en riesgo el sobrevuelo en una zona de conflicto (iii) de información en relación con las pruebas de misiles y obligación de hacer tales pruebas en espacios aéreos cerrados, así como notificar a sus autoridades sobre las mismas.
Por parte de los explotadores de aeronaves (aerolíneas, aviación privada), tenemos, (i) la realización o no de ciertos vuelos en unas rutas específicas, lo anterior con el fin de garantizar la seguridad operacional (ii) una evaluación del riesgo del espacio aéreo sobre el que se sobrevuele o que se pretenda sobrevolar, así como de los aeropuertos donde se pretende aterrizar y en los que un conflicto armado pueda presentar un riesgo (iii) contar con el equipo disponible para facilitar la identificación de la aeronave por parte de unidades militares (iv) la obligación de compartir información acerca de amenazas dentro de un espacio aéreo extranjero, con quienes puedan tener interés en el desarrollo de sus operaciones en estos espacios aéreos (v) contar con los mecanismos necesarios para transmitir cierto tipo de información al piloto al mando de manera inmediata y en vuelo.
Y por último la OACI (i) en casos de interrupción de los servicios de tránsito aéreo (ATC - torres de control) que puedan afectar las operaciones de la aviación civil, esta entidad coordinará medidas de contingencia con los Estados para poder superar estas fallas (ii) la coordinación con entidades no gubernamentales como la IATA, asegurando la continuidad y seguridad de las operaciones (establecimiento de otras rutas).