Jueces

Retos empresariales frente al nuevo código procesal laboral

05 de septiembre de 2026

Jorge Enrique Martinez Sierra

Líder Oficina Medellín en López & Asociados
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La entrada en vigor del nuevo Código Procesal del Trabajo, introducido por la Ley 2452 de 2025, ha venido generando retos significativos para empleadores, abogados y jueces. La reforma buscó mayor celeridad en los procesos laborales, especialmente en los casos de fuero de estabilidad laboral reforzada, mediante un trámite ágil, sumario y expedito que garantice los derechos fundamentales y el equilibrio entre las partes, apoyado en fórmulas de justicia retributiva, compensatoria, restaurativa y terapéutica. Estas fórmulas aspiran a que el proceso no solo resuelva el conflicto, sino que repare integralmente al trabajador afectado y promueva relaciones laborales sostenibles. Sin embargo, la reducción a la mitad de los términos procesales para los empleadores tensiona ese equilibrio, en particular frente a la prueba documental y preparación de la defensa, insumo esencial para que el juez comprenda el caso y prepare la audiencia.

El demandante suele contar con ventaja, pues puede recaudar con calma la documentación necesaria antes de presentar la demanda. El empleador demandado, en cambio, ya no recibe copia de la demanda al momento de su radicación, por lo que debe reunir apresuradamente las pruebas y documentos que la ley le exige aportar según las pretensiones.

Este nuevo escenario impone retos concretos a cada actor del proceso, cuya magnitud varía según la naturaleza de la controversia y la capacidad operativa de la organización demandada. Los empleadores deben implementar procedimientos ágiles de verificación del correo electrónico judicial para identificar de inmediato las notificaciones y activar la preparación de su defensa, pues el plazo legal es de apenas cinco días. El empleador debe tener disponibles registros como el control de horario, las políticas de desconexión laboral y de disponibilidad, el registro de horas extras, el aviso de trabajo dominical, el manual del Comité de Convivencia Laboral y los mecanismos de prevención del acoso laboral, entre otros. La omisión de estos documentos puede llevar a que se tengan por ciertos los hechos que el demandante pretendía probar, consecuencia que en la práctica opera como una sentencia anticipada adversa al empleador.

A los jueces, la reforma les exige garantizar el acceso oportuno de las partes a los expedientes y dar claridad sobre el trámite aplicable. La ambigüedad procesal perjudica la búsqueda de la verdad real y el equilibrio entre las partes; exigir formalidades no previstas en la ley, cuando el demandado actúa de buena fe y acude oportunamente al despacho, resulta contrario al espíritu del procedimiento expedito.

A los apoderados corresponde actuar con oportunidad, argumentar la defensa de forma clara y sucinta, y usar con destreza las herramientas procesales disponibles, de manera que el juez pueda fijar el litigio con precisión y transitar de los argumentos a las pruebas que reconstruyan la verdad de la relación laboral.

En definitiva, el nuevo código impone una disciplina probatoria y procesal más exigente. La asesoría jurídica especializada y la construcción de una cultura organizacional de cumplimiento documental preventivo se convierten en factores determinantes para la defensa eficaz. Solo con protocolos internos claros, capacitación permanente y una actuación diligente de todos los intervinientes será posible cumplir el propósito de celeridad de la reforma sin sacrificar las garantías fundamentales de las partes.