1114 páginas
16 de agosto de 2025Contenido
El tratado de Derecho Penal del Doctor Fernando Velásquez tiene 1316 páginas. La sentencia condenatoria de Álvaro Uribe Vélez tiene 1114. El tratado aborda rigurosamente la historia del Derecho Penal y estudia todas las categorías dogmáticas, que cimientan el Derecho Penal. La sentencia versa sobre la responsabilidad penal de un ciudadano, como determinador de tres delitos. Esta comparación permite una reflexión necesaria sobre el artículo 381 de la ley 906 de 2004.
Este contempla la cúspide del proceso penal, pues es el estándar de conocimiento necesario para ejercer la máxima expresión del ius puniendi: la condena penal. Para ello se requiere conocimiento más allá de toda duda razonable, acerca del delito y de la responsabilidad del acusado, fundado en las pruebas debatidas en el juicio. El concepto de duda razonable proviene del derecho anglosajón y la hipótesis más difundida de su origen es que se concibió para proteger las almas de los jurados. En efecto, condenar a un inocente implicaría incurrir en pecado mortal, con lo que se desarrolló la doctrina teológica dirigida a garantizar a los jurados que podían condenar al acusado sin arriesgar el tormento eterno, siempre y cuando sus dudas sobre su culpabilidad no fueran razonables.
El conocimiento para condenar no puede desligarse de las normas rectoras del derecho penal, ni de las garantías del debido proceso. Primero, el conocimiento para condenar es el estándar legal requerido para derruir la presunción de inocencia. Segundo, solo se puede producir, a partir de la actividad probatoria desplegada en el juicio oral. Tercero, la Fiscalía General de la Nación tiene el deber de producir tal nivel de conocimiento en el juicio.
Por su parte, lo anterior no impide que la defensa asuma un papel activo, sin que ello permita subsanar las falencias de la fiscalía, invertir la carga de la prueba o aplicar criterios que equiparen el ejercicio probatorio de las partes. Si bien existe el principio de igualdad de armas, la teoría del caso de la fiscalía debe demostrarse más allá de toda duda razonable, mientras que la teoría de la defensa basta que sea plausible, siendo esto suficiente para derrumbar el conocimiento necesario para condenar.
Preocupa, entonces, que buena parte de la sentencia se centre en desacreditar la prueba de la defensa, en vez de demostrar, de forma clara y contundente, que la prueba de la Fiscalía alcanzó el estándar exigido. Fundar la condena en las debilidades de la defensa, y no en la solidez de la acusación, es invertir la carga de la prueba.
El conocimiento para condenar solo se alcanza cuando la fiscalía presenta una actividad probatoria tan robusta que excluya toda duda razonable, sin necesidad de elucubraciones. En un Estado de Derecho, donde las instituciones estén al servicio de la justicia y se cuente con la actividad probatoria adecuada, demostrar el conocimiento más allá de toda duda razonable jamás requerirá 1114 páginas. Resulta difícil creer que uno de los tratados más robustos jamás escritos en el país, apenas tenga 200 páginas más que una sentencia que resuelve el caso de un individuo.
La extensión de la sentencia no es un asunto de estilo, sino la evidencia de las divagaciones que hicieron falta para determinar la responsabilidad de Álvaro Uribe Vélez. Los reparos a la sentencia son múltiples, pero el que más preocupa es su empeño en desvirtuar la defensa, en lugar de evaluar si la fiscalía realmente probó su teoría del caso.