Judicial

La economía colaborativa y la libre competencia

18 de julio de 2017
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El llamado consumo colaborativo es la mejor noticia económica de los últimos tiempos y se vislumbra como un hito de transformación cultural de bastas dimensiones, tal como lo pronosticó en 2011, Rachel Botsman (The rise of collaborative consumption). El intercambio masivo de bienes y servicios entre usuarios y propietarios, mediante la utilización de plataformas digitales genera y generará dificultades de corto plazo, por efecto de la desintermediación; pero, traerá enormes beneficios a toda la sociedad, una vez la economía se acabe de acomodar a este nuevo modelo.

Los ejemplos más sonados de economía colaborativa son Uber, Airbnb, Spotify y en Colombia, OLX. Con la llegada de estas plataformas de intercambio abierto y dinámico, los propietarios o tenedores de bienes tienen la posibilidad de ofrecerlos directamente y sin intermediarios, para que los puedan contratar temporalmente otras personas ubicadas en cualquier lugar del planeta. Así, hoy es posible acceder a ofertas antes inalcanzables de comida, música, alojamiento, transporte y mil otras cosas. Actualmente, por ejemplo, más de 100.000 personas se han inscrito en Vizeat, plataforma que permite disfrutar platos gastronómicos en casas de familia, en vez de acudir a restaurantes. Airbnb se ha convertido en el hotel virtual más grande del mundo, con más de 140.000 alojamientos por noche.

Se estima que la economía colaborativa mueve más de US$35.000 millones al año y que en 2025, podría superar US$200.000 millones.

El principal impacto que conlleva esta forma de intercambio es la dramática disminución de la ineficiencia asociada a la forma actual de consumo. Se calcula que en promedio, un carro particular pasa más de 90% quieto en su garaje y que más de 40%de la comida se desperdicia; eso, sin contar la gran cantidad de inmuebles deshabitados que pueden ser aprovechados para alojamiento privado. La economía de colaboración, además, ayudará a crear una cultura de solidaridad y de uso más racional de los recursos.

No desconocemos, por supuesto, que muchas grandes empresas de segmentos tradicionales como los hoteles y las transportadoras, sufrirán causando importantes desarreglos macroeconómicos que pueden afectar no solo a los empresarios, especialmente por la pérdida de empleo.

Es factible que técnicamente las ofertas colaborativas constituyan el mismo mercado que su par en el lado tradicional intermediado. Por eso, las agremiaciones afectadas del mundo entero tienen bastante razón de quejarse por la enorme asimetría regulatoria entre los sectores tradicionales altamente intervenidos y la nueva economía colaborativa, totalmente desregulada. Sin embargo, esos planteamientos relevantes deben llevar a un trato regulatorio más equilibrado, pero no al punto de pretender un freno de fondo a este nuevo modelo, que ningún daño hace a la competencia y, por el contrario, genera múltiples beneficios al consumidor final.

Por ello, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, recientemente anunció la anulación del decreto de la comunidad madrileña que impedía que las viviendas de uso turístico pudiesen ser contratadas por un tiempo inferior a cinco días, con el argumento, muy razonable, de que dicha normativa restringía indebidamente la competencia. Sobre el tema, José María Marín Quemada, presidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (Cnmc), favoreció la decisión al considerar que la referida norma creaba una barrera artificial de entrada al mercado. El debate está abierto en otras ciudades del mundo, pero suponemos que es ya una tendencia irreversible.