Biometria

El loco de la tarjeta

14 de octubre de 2026
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Hace unos días almorcé con un viejo amigo. Entre los temas para ponernos al día, surgió uno que, aunque parecía menor, dice mucho sobre la normalización de la tecnología en nuestra vida. En su oficina acababan de implementar un sistema de reconocimiento facial para ingresar al edificio. Él, fiel a la vieja escuela, prefirió seguir usando su tarjeta física. En sus propias palabras, “no quería que mi foto estuviera por ahí sin saber quién la tiene ni para qué la usa”.

Su comentario, espontáneo y sin ningún tecnicismo ni análisis legal profundo, evidencia una molestia que también preocupa a los reguladores y especialistas en privacidad y protección de datos: los riesgos asociados al tratamiento de datos biométricos. Mi amigo incluso admitía sentirse como el “loco de la tarjeta”, porque después de varias semanas de implementación no veía a nadie más resistiéndose al nuevo sistema. Sin embargo, en materia de privacidad, lo extraño no es desconfiar sino entregar datos personales sin hacer preguntas.

En Colombia, donde cada vez más propiedades horizontales están considerando la automatización de sus sistemas de acceso, es indispensable que las respectivas administraciones analicen con cuidado si la implementación de estas tecnologías cumple con el régimen jurídico de protección de datos personales. Agilizar el ingreso a una propiedad no es razón para ignorar estas normas. Cuando lo que se recolecta es información biométrica, datos sensibles por excelencia, la discusión no puede reducirse a la comodidad del usuario ni a la modernización del servicio. Lo esencial es si ese tratamiento es necesario, proporcional y suficientemente transparente.

La razón principal de la sensibilidad de los datos biométricos es la magnitud del daño que puede producir una filtración o un uso indebido. Cuando se comprometen datos como correos electrónicos o contraseñas, los afectados pueden mitigar el daño mediante cambios y medidas correctivas. Con los datos biométricos esto no es una opción. Nadie puede reemplazar su rostro, sus huellas o su voz. Una vez expuestos, esos atributos quedan en manos de quien los obtuvo indebidamente, incrementando los riesgos para la privacidad, la seguridad y la dignidad de los titulares.

Tampoco puede perderse de vista el riesgo de reutilización o correlación indebida. Los identificadores biométricos no solo sirven para autenticar a una persona, sino que también pueden convertirse en un punto de referencia para conectar fuentes de información y construir perfiles intrusivos. Esa posibilidad amplifica los riesgos de vigilancia, seguimiento y usos secundarios que nunca fueron autorizados por el titular. El problema, entonces, no es únicamente quién recoge los datos, sino el riesgo de su utilización posterior, a veces maliciosa.

A ello se suma la frecuente tercerización del tratamiento. Por lo general, quienes recolectan datos biométricos no los procesan directamente, sino que acuden a terceros cuya identidad, ubicación y medidas de seguridad suelen ser desconocidas para los titulares. Así, quien solo quiere entrar a su casa termina entregando información sensible en una cadena de tratamiento sobre la que no tiene control.

Por esta razón, el tratamiento de datos biométricos no es un trámite que se valida con autorizaciones rutinarias. Quienes pretendan recolectar estos datos deben evaluar riesgos, adoptar medidas estrictas de seguridad, suministrar información suficiente a los titulares y proporcionar alternativas válidas y menos invasivas. Solo así podría hablarse de un consentimiento verdaderamente libre e informado, en el que no se condicione ninguna actividad al suministro de este tipo de datos. La prudencia no parece ser locura. Tal vez, “el loco de la tarjeta” tenía razón.