La mente es innegociable: privacidad y neuroderechos
29 de septiembre de 2025Contenido
Los dispositivos conectados que recopilan datos sobre nuestra salud pueden tener enormes ventajas para el bienestar físico y emocional. Cada vez se masifican más dispositivos como relojes, pulseras o anillos inteligentes, diademas con sensores de electroencefalograma (EEG) para interpretar la actividad cerebral, o que se fusionan con el cuerpo, como, por ejemplo, las interfaces cerebro-computador o brain-computer interface (BCI).
Es obvio que el tratamiento de estos datos personales implica grandes riesgos para la privacidad y puede afectar otros derechos como la autonomía, la libertad o la igualdad. No es una discusión nueva; los avances en neurotecnología ya permitían recopilar datos biométricos de la actividad cerebral. Sin embargo, gracias a la IA, estas capacidades son exponenciales, lo que ha abierto la puerta a escenarios que antes parecían ciencia ficción.
Un reportaje publicado hace pocas semanas puso en duda el destino de los datos cerebrales recopilados por el fabricante de una diadema que detecta la actividad eléctrica del cerebro, diseñada para ayudar a los usuarios a mejorar la concentración y relajar la mente. Según el reportaje, la actividad y datos cerebrales de deportistas élite recolectados a través de esta diadema estarían siendo utilizados por terceros para fines propios. Los desarrolladores de la diadema niegan esas afirmaciones y sostienen que ninguno de sus productos transmite datos biométricos a servidores externos, pues estos se procesan en el dispositivo del usuario y se eliminan automáticamente al finalizar cada sesión.
Más allá de si lo dicho en el reportaje es cierto o no, este caso refleja las infinitas discusiones sobre los avances en la neurociencia y su impacto respecto de la privacidad de la mente y la especial sensibilidad de los neurodatos. No debería aceptarse que, aún con el consentimiento de la persona, se utilicen sus neurodatos con fines comerciales, de defensa o vigilancia, para que otros sepan qué piensa, o para manipular artificialmente la actividad cerebral.
Estudios demuestran cómo los BCI pueden decodificar la actividad mental en acciones externas, facilitando, por ejemplo, la recuperación del habla y el movimiento en pacientes con parálisis. Tecnologías menos invasivas, como las diademas EEG potenciadas con IA, pueden leer ondas cerebrales para reconstruir representaciones de lo que una persona vio o escuchó. Al parecer, no se está lejos de acceder a los pensamientos de las personas sin su consentimiento o de modificar su comportamiento mediante estímulos cerebrales inducidos. Esta realidad sobrepasa las reglas y principios actuales de privacidad y protección de datos. Los datos cerebrales pueden revelar lo más íntimo de una persona y, sin las garantías adecuadas, se pueden utilizar contra la dignidad humana.
Es el momento de reconocer los neuroderechos. La mente debe ser un espacio inviolable que escape del control de terceros. En esta era de la información digital, donde constantemente estamos expuestos a técnicas avanzadas de marketing, a patrones oscuros en internet y a inyecciones recurrentes de dopamina al usar nuestro teléfono, los neurodatos deben mantenerse protegidos y libres de manipulaciones.
El Proyecto de Ley 395 de 2025 era una buena iniciativa para empezar a adecuar nuestro ordenamiento jurídico a estas realidades. Infortunadamente, esta iniciativa fue archivada por falta de trámite. Ojalá se retomen las discusiones legislativas sobre un asunto cada vez más relevante.