Compliance

Compliance, mecanismo de prevención, detección y corrección

01 de marzo de 2023

Liliana Hoyos Celis

Directora Compliance – Litigios en PI en Muñoz Abogados SAS

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Compliance, término bastante de moda por estos tiempos, amado por muchos, odiado por otros, la tabla de salvación para algunos e incomprendido por otros.

La World Compliance Associaction define el Compliance como el ““Conjunto de procedimientos y buenas prácticas adoptados por las organizaciones para identificar y clasificar los riesgos operativos y legales a los que se enfrentan y establecer mecanismos internos de prevención, gestión, control y reacción frente a los mismos”, definición bastante acertada a mi juicio, pero que se queda corta a la hora de valorar la importancia de los programas de Compliance al interior de una compañía, precisamente porque en cambio de ser la carta de navegación, tristemente, es visto como la piedra en el zapato en el desarrollo de varias tareas empresariales, y , considerado innecesario en muchas áreas de la empresa.

El Boom del Compliance y de los programas de Compliance, así como el roll del oficial de cumplimiento, hasta hoy, se ha asociado principalmente a la prevención del lavado de activos y, en consecuencia, casi que estrictamente, se ha encaminado al cumplimiento de la normatividad vigente en sagrilaft, sin embargo, su importancia al interior del giro ordinario de las empresa, va mucho más allá, sus procedimiento y buenas prácticas permean diferentes áreas de la compañía, que en algunas ocasiones, por no contar con programas definidos generan para las empresas contingencias en el ámbito sancionatorio y, en algunos casos, por desconocimiento, penales.

Es importante tener presente que una organización es un todo coordinado, interdependiente, y en todas las áreas de la empresa hay normatividad que regula la respectiva actividad. Así mismo es importante tener presente que en virtud a la actividad desarrollada por la empresa, en muchas ocasiones se imponen cargas legales, cuyo incumplimiento puede desencadenar procesos administrativos sancionatorios que a la larga no sólo afectan el patrimonio de la misma sino su reputación.

Una empresa, sin importar la actividad comercial que desarrolle, sí o sí debe contar con procesos y procedimientos que le permitan cumplir, por ejemplo, con la normatividad en materia laboral, seguridad y salud en el trabajo, y si su objeto comprende la ejecución de actividades de alto riesgo, contar con la matriz de riesgo y todo un plan de prevención de la materialización del riesgo; así mismo en la oferta de bienes y servicios se debe cumplir con la normatividad vigente tendiente a garantizar los derechos de los consumidores; y si hablamos de tatos personales, toda empresa debe cumplir con la normatividad vigente en habeas data, y así podemos seguir enunciando actividades diarias que pueden generarle un riesgo patrimonial o reputacional tales como competencia, propiedad industrial, sagrilaft, entre muchas otras.

Justo ante el panorama de los diferentes riesgos que se pueden presentar en el desarrollo de una actividad comercial es imperioso contar con un programa de Compliance que le permita a la empresa detectar los riesgos en sus diferentes áreas y desarrollar políticas para prevenir la materialización de dichos riesgos, políticas que atienen no sólo a la normatividad aplicable en cada caso, sino a la ética empresarial de la organización, procurando siempre la prevención y en caso de materializarse alguno de los riesgos detectados tomar los correctivos pertinentes.

Prevenir es cuidar la estabilidad financiera y reputacional de la empresa, prevención, detección y corrección derivada de la existencia de programas de cumplimiento, los cuales no deben ser letra muerta, sino una carta de navegación a cumplir por parte de la organización y de sus colaboradores de la mano con el oficial de cumplimiento, cuyo roll es de vital importancia al interior de la organización por ser los llamados a asistir, asesorar y acompañar a la alta dirección en la implementación, difusión y control de los programas de cumplimiento, los cuales emanan de la ética empresarial, esto es, de los no negociables que enmarcan el buen actuar empresarial.