El deporte se encuentra con el derecho de la competencia

Lorenzo Villegas-Carrasquilla

Si bien la competencia es un pilar estructural de todos los deportes, el derecho de la competencia poco ha aparecido en las diferentes relaciones entre actores del mundo del deporte. Este año será recordado por esta conjunción. A lo largo de las últimas décadas, el deporte profesional se ha convertido en una fuerza económica. Debido al aumento de la popularidad y la audiencia, las tarifas de licencia de transmisión y los acuerdos de patrocinio (por nombrar dos fuentes principales de ingresos) se han disparado y los intereses económicos comenzaron a tomar el centro del escenario.

Hoy en día, el sector económico de los deportes profesionales está firmemente situado en el radar de las autoridades de competencia de todo el mundo, y los responsables de la toma de decisiones dentro de los deportes profesionales deben prestar atención a la legislación de competencia y a los riesgos que conlleva limitar la competencia. Ya sea en el contexto de una solicitud de afiliación a una asociación deportiva, la redacción de estatutos, acuerdos sobre los salarios de los atletas o el establecimiento de competiciones deportivas competitivas: la ley de competencia simplemente no puede ser ignorada.

Hace unos meses se conoció la iniciativa de la llamada “Superliga Europea”. Este asunto, que se desmoronó a los pocos días, prendió las alarmas de las autoridades de competencia europeas en cuanto a los roles que juegan las ligas deportivas y la cooperación entre ellas como la toma de ciertas medidas de las ligas frente a otras asociaciones y su conformidad con el derecho de la competencia de la UE.

Recientemente, el Consejo de la UE adoptó una resolución que busca promover la estructura piramidal del deporte europeo, un sistema abierto de promoción y descenso, el enfoque de base y la solidaridad, el papel del deporte en la identidad nacional, las estructuras basadas en la actividad voluntaria y las funciones sociales y educativas del deporte. En esencia, una competencia abierta.

La sentencia del TJUE no se espera antes de mediados del 2022, pero tanto la Comisión como el Consejo de la UE han respaldado a las asociaciones y a la competencia abierta. En Colombia, el tema del deporte y el derecho de la competencia se ha vuelto también relevante. En días pasados, la Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos contra la DIMAYOR y varios clubes de fútbol profesional colombiano. Con esto, la SIC pretende establecer si estos clubes habrían limitado la libre competencia en el mercado de los derechos deportivos de los jugadores de fútbol colombiano, al impedir la transacción de al menos 16 jugadores entre el año 2018 y 2021. Además, la Superintendencia formuló pliego de cargos contra veinte personas naturales vinculadas con los clubes investigados.

Con estos recientes casos seguramente veremos con más intensidad el monitoreo de las autoridades de competencia nacionales frente a las diferentes asociaciones y ligas deportivas, así como sobre las diferentes transacciones y negocios alrededor del deporte.

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