Transporte

Implementación del PTEE en entidades vigiladas por Supertransporte

23 de octubre de 2025

María Victoria Hernández Castillo

Líder de la práctica de Derecho de la empresa en Del Hierro Abogados
Canal de noticias de Asuntos Legales

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En seguimiento a las medidas que ha venido implementando la Superitendencia de Transporte con el fin de fortalecer los sistemas de prevención de fraudes, corrupción y comisión de acciones ilícitas, se profirió la Resolución 14673 de septiembre de 2025.

Con dicha Resolución se busca adicionar a la Circular Única de Infraestructura y Transporte, un capitulo en el cual, se regula la implementación del Programa de Transparencia y ética Empresarial – PTEE, siendo obligadas todas aquellas personas jurídicas que sean sujeto de vigilancia, inspección y control por parte de la Superintendencia y que desempeñen una actividad empresarial.

El Programa de Transparencia y Ética Empresarial, tal y como lo define la ley, es un instrumento, en donde se integra un conjunto de políticas, mecanismos y herramientas para que los sujetos obligados, puedan identificar, gestionar y mitigar los riesgos de corrupción a los que pueda estar expuesto por la realización de su actividad.

En ese sentido, dentro del PTEE, se deberán diseñar diversas políticas tales como, de no tolerancia a la corrupción y de protección al denunciante estos hechos, políticas de sobre conflictos de interés, en materia de contratación estatal, contra el lavado de activos, entre otras.

Adicionalmente, dentro de esta implementación, las entidades obligadas tendrán que desarrollar manuales de procedimiento para el cumplimiento de los lineamientos y políticas estructuras, un código de ética y buen gobierno, en donde se de claridad frente a los valores y cultura organizacional, así como asignar funciones especificas a los administradores y empleados, que permita la identificación y mitigación de los posibles riesgos a los que se ve expuesta la organización.

Por otro lado, la norma establece cuales serán las funciones del máximo órgano social o juntas directivas, las obligaciones del representante legal, del oficial de cumplimiento y de la revisoría fiscal y una guía de cuales son los riesgos que se deben evaluar y las etapas de identificación de los mismos.

Para el desarrollo del PTEE, la entidad ha establecido un plazo de ocho meses contados a partir de la fecha de notificación del otorgamiento del requisito habilitante o el registro dado por la autoridad competente para dar cumplimiento a lo establecido en la resolución.

Finalmente, la implementación de este tipo de programas brinda a las empresas herramientas de sostenibilidad y competitividad dentro del entorno, representando un compromiso con la integridad y la gestión responsable de los negocios desarrollados en Colombia.

Asimismo, dentro de su cultura organizacional permite promover comportamientos éticos, prevenir practicas indebidas, mitigar riesgos legales, reputacionales y financieros, promoviendo un ambiente de confianza con sus clientes, proveedores, inversionistas y aliados, representando un eje estratégico para las organizaciones, en donde se fortalece su reputación, se genera valor y se construyen relaciones duraderas con los diferentes grupos de interés.