Impuestos

Obras por impuestos: una oportunidad para acelerar infraestructura social en Bogotá

21 de marzo de 2026

Sergio Alejandro Gallego Morales

Socio de Altano Consultores
Canal de noticias de Asuntos Legales

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Los empresarios de Bogotá tienen una gran oportunidad para aportar en el desarrollo de la infraestructura social a través de las Obras por Impuestos. Se trata de un mecanismo tributario que permite vincular inversión privada con la ejecución de proyectos de interés público, bajo reglas definidas por el Distrito. En una ciudad con necesidades crecientes de infraestructura social, este esquema puede convertirse en un instrumento útil para complementar la inversión pública, acelerar proyectos sociales y orientar recursos hacia intervenciones con impacto concreto.

El mecanismo de Obras por Impuestos fue introducido en Bogotá a partir del Plan de Desarrollo del Alcalde Galán y posteriormente desarrollado por el Decreto 54 de 2025. Este mecanismo permite que los contribuyentes del impuesto sobre la renta, con ingresos brutos iguales o superiores a 33.610 UVT (1.760 millones de pesos aprox), puedan extinguir las obligaciones tributarias de impuestos distritales a través de inversión directa en la ejecución de obras o proyectos sociales con importancia estratégica para la ciudad.

La norma establece dos modalidades para utilizar este mecanismo: 1) la celebración de convenios con entidades del Distrito; y 2) la celebración de un contrato de fiducia.

A través de la modalidad de celebración de convenios, el contribuyente ejecutará la obra o proyecto de inversión que se defina con la entidad distrital, y a cambio recibirá unos Títulos para la Renovación del Territorio Distrital (TRTD) que podrán ser usados para el pago de impuestos distritales. Los TRTD se entregarán al contribuyente únicamente cuando la obra o proyecto haya sido recibido a satisfacción por la entidad distrital, la cual actuara como supervisora del convenio. Si el proyecto requiere interventoría, el contribuyente deberá constituir una fiducia destinada exclusivamente a administrar los recursos para pagar esos costos.

La modalidad de la celebración de un contrato fiducia permite el pago de la totalidad o parte de los impuestos distritales mediante aporte a una fiducia con el fin de financiar la obra o el proyecto de inversión, previa aprobación de la Secretaría Distrital de Hacienda. Recientemente el Distrito reglamentó esta modalidad mediante el Decreto 46 de 2026 en donde se establecen todas las condiciones y procedimientos para su implementación.

Más allá de su diseño jurídico y sus modalidades, el valor de este mecanismo está en su capacidad para el desarrollo eficiente de infraestructura social. Bogotá requiere instrumentos que permitan traducir prioridades públicas en resultados más rápidos y medibles, en sectores como energía, equipamientos, espacio público y servicios sociales. Si el Distrito logra consolidar una adecuada priorización de proyectos, incentivos adecuados, criterios técnicos claros y seguridad jurídica para los contribuyentes, las obras por impuestos pueden convertirse en una herramienta eficaz de colaboración entre sector público y sector privado.

El primer proyecto en Bogotá ejecutado bajo el mecanismo de Obras por Impuestos es desarrollado por la Secretaría Distrital del Hábitat mediante el desarrollo de un proyecto enfocado en comunidades energéticas mediante la instalación y operación de paneles solares. Esto que marca una señal adecuada sobre el tipo de infraestructura que Bogotá puede promover a través de este mecanismo: proyectos con impacto social, enfoque sostenible y beneficios directos para la ciudadanía

El reto ahora es que los empresarios de Bogotá se animen a explorar esta nueva forma de dirigir sus impuestos al desarrollo de la ciudad.