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El derecho a la salud es un derecho constitucional que protege a todos los habitantes del territorio colombiano. Se fundamenta en los principios de universalidad, promoción, protección y recuperación.
Este derecho ha pasado por diversas interpretaciones de la Corte Constitucional. En sentencia T-038 de 2022, se reguló como un derecho fundamental y autónomo en cabeza de todos los colombianos, sin distinción alguna, sin que sea necesaria la conexidad de dicho derecho con otros para ser fundamental, con lo cual se da vía libre a la procedibilidad de la tutela para protegerlo. Esto difiere de la situación que había décadas atrás, cuando era necesario alegar la conexidad de este derecho con otros derechos fundamentales para que el mismo pudiese ser protegido vía tutela, tal y como lo expusieron las sentencias T-447 de 1994, T-536 de 1992, T-312 de 1996. Teniendo en cuenta lo anterior, a continuación, daremos respuesta a varios interrogantes respecto a las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social en Salud.
¿Cuáles son las condiciones para el reconocimiento y pago de incapacidades de origen común?
1. Estar afiliado al Sistema de Seguridad Social en Salud en calidad de cotizante.
2. Haber cotizado efectivamente al Sistema como mínimo 4 semanas inmediatamente anteriores al inicio de la incapacidad.
3. Contar con certificado de incapacidad expedido por el médico de la red de la EPS o entidad adaptada o validado por esta.
¿Cómo se debe cotizar durante vacaciones y permisos remunerados?
Las cotizaciones durante estos periodos se causarán en su totalidad y el pago de los aportes se efectuará sobre el último salario base de cotización reportado con anterioridad a la fecha en la cual el trabajador hubiere iniciado el disfrute de los mismos.
¿Cuál es el Ingreso Base de Cotización (en adelante “IBC”) para los trabajadores que devengan menos de un SMMLV?
Para la afiliación de trabajadores dependientes con un salario inferior al SMMLV, se deberá completar por el empleador y el trabajador en las proporciones correspondientes el aporte en el monto faltante para que la cotización sea igual al 12,5% de un salario mínimo y se pueda predicar una protección por parte del Sistema.
¿Cuál es la responsabilidad del empleador cuando omite reportar novedad de retiro?
El empleador que no reporte en la planilla dentro del mes siguiente dicha novedad, responderá por el pago integral de la cotización hasta la fecha en que efectúe el reporte a la EPS, prestando merito ejecutivo la liquidación que efectúe la entidad por los periodos adeudados.
¿Qué es la declaración anual de IBC?
Es una declaración en la que todos los trabajadores independientes deberán informar a las entidades administradoras del Sistema de Seguridad Social a las que se encuentren afiliados, el IBC que tendrán para liquidar sus aportes anuales.
¿Se puede modificar dicha declaración?
Sí. El trabajador independiente deberá modificar la declaración, siempre que se produzcan cambios en sus ingresos, utilizando una de las siguientes novedades: (i) “variación permanente de salario”, cuando se conozca con certeza el valor de su ingreso mensual o (ii) “variación temporal de salario”, cuando se desconozca el monto real del citado ingreso y se presente por un período máximo de 3 meses.