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Ciudadanos chilenos ya no podrán solicitar visa Mercosur

24 de abril de 2019

Por: Carla Plata

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Desde el pasado mes de febrero, el Ministerio de Relaciones Exteriores colombiano eliminó de su plataforma la posibilidad de solicitar visa Migrante Mercosur a los ciudadanos de nacionalidad chilena, con base en el principio de reciprocidad. Debido a que, en la actualidad, Chile no reconoce a los colombianos este tipo de visa.

De esta manera, únicamente los nacionales de los siguientes países pueden optar por la visa Migrante Mercosur: Argentina, Brasil, Ecuador, Perú, Bolivia, Paraguay y Uruguay.

¿Cuáles son las implicaciones de esta nueva medida?

Anteriormente, los chilenos en virtud de su nacionalidad tenían la posibilidad de obtener una visa Migrante Mercosur en Colombia y esto les garantizaba una estancia legal en el país, así como la posibilidad de desarrollar diferentes tipos de actividades legales, tales como: estudio, trabajo, negocios, entre otros.

Con este cambio, deberán tramitar una visa acorde a las actividades que realizarán en Colombia y atenerse a las condiciones específicas del tipo de visa. En el caso de tener un contrato laboral o de prestación de servicios en Colombia, una de las visas aplicables sería la visa Migrante Trabajador. Por lo tanto, para poder trabajar, no solamente deberán cumplir con la obligación de visado, sino también las obligaciones que se derivan de su profesión.

¿Qué deben hacer los chilenos que tengan la intención de trabajar en Colombia?

Se hará necesario tramitar una visa Migrante Trabajador. Para esto, deberán contar con el patrocinio de una empresa colombiana. La visa estará atada a este empleador y a un cargo en específico. Esto significa que, si cambia de empleador o de cargo dentro de la empresa, se deberá solicitar el cambio en la visa, a través de un traspaso.

Esto no era necesario con la visa Migrante Mercosur, dado que, como el permiso de trabajo es abierto, no requería modificación de la visa al cambiar de cargo o de empleador.

¿Bajo el actual escenario, cuánto tiempo se deberá acreditar para solicitar la visa de residente?

En caso de tener una visa Migrante Trabajador, deberá acreditar un mínimo de cinco (5) años continuos e ininterrumpidos, siendo titular de este tipo de visa.

Para los casos en los que el solicitante cuente con una visa Migrante Cónyuge, es decir, que esté casado con un nacional colombiano, deberá acreditar un mínimo de dos (2) años con este tipo de visa y adicional, demostrar que el vínculo aún se mantiene.

Cabe recalcar que los tiempos acumulados como portador de una visa de Visitante (tipo V) no podrán usarse en el conteo para la residencia. La única visa que acreditará tiempos de permanencia para ser residente en Colombia será la visa de Migrante (tipo M).

En conclusión, este cambio demuestra que el Ministerio de Relaciones Exteriores está siendo más riguroso y cauteloso en materia migratoria, para efectos de determinar y establecer una política que vaya en línea con la realidad colombiana. Una muestra de esto, aunado a la decisión de no otorgar visas Mercosur a los chilenos, está en las políticas implantadas para la solución y mejora de la migración venezolana, así como el proyecto de resolución que busca determinar y trazar una política migratoria basada en la dinámica del país, donde se hace especial énfasis en la reciprocidad con las diferentes naciones.