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La plenaria del Senado de la República aprobó, en su cuarto y último debate, el proyecto de ley conocido como “comida chatarra”, que exigirá una advertencia visible en la parte frontal de los empaques de alimentos altos en azúcares, sodio o grasas. A la fecha, lo único que está pendiente es la sanción por parte del Presidente de la República.
¿En qué consiste esta ley?
Es una ley que busca imponer que, en el etiquetado frontal de determinados alimentos, se incluya información más clara y completa sobre el contenido de los productos procesados y ultra procesados que se comercializan en el país y que son generalmente consumidos por niños, con el propósito de fomentar hábitos de alimentación saludables y evitar la aparición de Enfermedades No Transmisibles.
Esta ley se suma a la Resolución 810 de 2021 expedida por el Ministerio de Salud, que reglamenta los requisitos mínimos que fabricantes e importadores del sector de alimentos deben cumplir, en cuanto al etiquetado nutricional, lo cual exige que se exhiban claramente, sellos como: Alto en azúcares añadidos; Alto en sodio; Alto en grasas saturadas; Alto en azúcares; Alto en calorías.
¿Qué tipo de productos están sujetos a esta nueva ley?
La ley implementa principalmente, sellos frontales de advertencia con información clara, visible y veraz que permita identificar los alimentos y bebidas con exceso de azúcar, sodio o grasas saturadas, como, por ejemplo: los helados, chocolates, cereales endulzados para el desayuno; mermeladas; bebidas gaseosas y energizantes; nuggets, sopas, pastas y postres en polvo o envasados, entre muchos otros.
¿A quiénes aplica esta ley?
A los fabricantes de los productos que atendiendo a su composición (azúcares, aditivos, sodio, grasa, colorantes) puedan llegar afectar la salud pública en especial de los niños, niñas y adolescentes.
¿Qué implicaciones, en términos prácticos, traerá esta nueva ley para los fabricantes y comerciantes de este tipo de productos?
Los fabricantes y comerciantes deben asegurarse de que todos los alimentos que sean comercializados en Colombia cumplan los requisitos de esta ley, por lo que deberán cambiar los diseños de las etiquetas para que se ajusten a los parámetros técnicos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social. Esto es que en el etiquetado de productos alimenticios se reflejen los sellos de advertencia con la información nutricional correspondiente, en los colores, tamaños, ubicación, y con los textos determinados por la ley.