Administrativo y constitucional


Godoy Córdoba

Compromiso del sector empresarial con la restauración ecológica

20 de enero de 2022

Por: Nicolás Ramos

Asociado de Godoy Córdoba
Godoy Córdoba
Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

Fue promulgada la Ley 2173 de 2021, por medio de la cual se promueve la restauración ecológica a través de la siembra de árboles y creación de bosques en el territorio nacional, estimulando conciencia ambiental al ciudadano, responsabilidad civil ambiental a las empresas y compromiso ambiental a los entes territoriales.

Dicha ley busca crear áreas de protección ambiental denominadas “Áreas de Vida” y bosques en cada uno de los municipios del país, destacando la participación de las medianas y grandes empresas registradas en Colombia, concretamente con el deber de sembrar mínimo dos árboles por cada uno de sus empleados.

¿Cuál es el propósito de incluir al sector empresarial en la restauración ecológica?

A las medianas y grandes empresas se les está incluyendo, dentro de la responsabilidad civil ambiental empresarial, una nueva obligación en materia ambiental, la cual se atribuye sin distinción alguna respecto del sector productivo o actividad empresarial que desempeñe, con el propósito de desarrollar un programa de siembra de árboles en aquellas zonas que las autoridades municipales o locales definan, para dar cumplimento al numeral 3° de la ley.

Se busca incluir a toda la población en la restauración y conservación ecológica del territorio, involucrando de manera directa a las empresas públicas y privadas, trasladando en cierta medida parte de la responsabilidad estatal ambiental a los ciudadanos y sus empresas.

¿Cada cuanto se deberá cumplir con este deber y quién asume los costos?

Según el artículo 7°, las empresas a las cuales les corresponda la siembra de árboles deberán cumplir con este deber anualmente a partir del año 2023.

Se determina que las secretarias de planeación, o quienes hagan sus veces en los municipios o distritos, deberán establecer un calendario opcional para que las empresas celebren las jornadas de siembra con participación de la comunidad.

Según el parágrafo 3° del artículo 6°, los costos de la siembra de árboles serán asumidos de manera directa por cada una de las empresas.

¿Qué sucede con aquellos requisitos ambientales que ya se encuentran en cabeza de las empresas?

Este programa no suple, ni tampoco reemplaza las demás cargas en materia de responsabilidad civil ambiental a las que se encuentren obligadas las empresas con ocasión de sus actividades, por el contrario, indica que corresponde a una iniciativa medioambiental diferente.

¿Todas las empresas están obligadas a cumplir con este programa de siembra de árboles, independientemente de su tamaño?

Las obligadas al cumplimiento de esta ley son las grandes y medianas empresas.

Sin embargo, la ley faculta también a las micro y pequeñas empresas a que de manera voluntaria adelanten jornadas de restauración mediante siembra de árboles, acogiéndose a los lineamientos generales establecidos, resaltando que su participación será por decisión propia ya que no se encuentran obligadas legalmente.

¿Cómo puede una empresa ser exenta de las obligaciones impuestas por la ley 2173 de 2021?

El parágrafo 6° del artículo 6° establece que aquellas empresas grandes o medianas que se encuentren disueltas, liquidadas, inactivas o en fase de salvamento que no puedan dar cumplimento a lo contenido en la ley, deberán presentar el certificado que demuestre tal situación.