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La irrupción de herramientas de inteligencia artificial generativa en el ejercicio del derecho dejó de ser una novedad. Hoy, abogados, jueces y funcionarios judiciales utilizan estos sistemas para resumir documentos, organizar ideas, corregir textos o proponer líneas argumentativas. El fenómeno es global y, en Colombia, ya tiene consecuencias disciplinarias y procesales.
La discusión dejó de ser si la inteligencia artificial puede utilizarse en el litigio. La verdadera pregunta es otra: ¿qué ocurre cuando se usa sin verificación crítica y termina introduciendo normas o precedentes inexistentes dentro del proceso judicial?
¿Cuál fue el primer pronunciamiento colombiano sobre “alucinaciones jurídicas”?
En febrero de 2026, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia profirió una decisión sobre el uso indebido de inteligencia artificial por abogados litigantes. Allí se analizó el caso de un apoderado judicial que presentó un recurso sustentado en normas mal citadas y sentencias inexistentes obtenidas mediante inteligencia artificial.
El caso resultó especialmente grave porque las referencias falsas no eran errores evidentes. Las providencias inventadas incluían números de radicación, magistrados ponentes y extractos plausibles. Incluso las normas citadas parecían auténticas desde el punto de vista formal.
La Relatoría de la Corte verificó que las sentencias no existían en los repositorios oficiales. La providencia identificó así el núcleo del problema: los sistemas de inteligencia artificial generativa pueden producir contenido jurídicamente verosímil pero falso. La Corte denominó este fenómeno “pseudo-derecho”: contenido sin correlato con el ordenamiento jurídico, pero presentado con apariencia de autoridad normativa.
¿Por qué las “alucinaciones” no son un error accidental?
La Corte explicó que los modelos de lenguaje de gran tamaño no “consultan” el derecho como una base de datos jurídica tradicional. En realidad, generan texto mediante predicción probabilística de palabras y secuencias lingüísticas.
Cuando el sistema no tiene información suficiente o detecta patrones incompletos, completa la secuencia textual con el contenido estadísticamente más plausible. Ahí aparecen las llamadas “alucinaciones”: respuestas falsas formuladas con seguridad y coherencia formal.
La providencia advierte que este problema es especialmente delicado porque las fuentes jurídicas no solo describen el derecho; constituyen el derecho mismo. Inventar un precedente o alterar el contenido de una norma significa introducir un fundamento normativo inexistente dentro del proceso.
¿Cómo cambia el estándar de diligencia del abogado?
La decisión de la Corte Suprema marca un punto de inflexión: el uso de inteligencia artificial no reduce el estándar de diligencia profesional del abogado; por el contrario, lo incrementa.
La providencia sostiene que todo litigante tiene un deber de veracidad en la citación de fuentes jurídicas. El abogado no puede atribuir a la ley o a la jurisprudencia un contenido inexistente ni invocar precedentes apócrifos. La responsabilidad no se traslada al algoritmo.
La Corte afirma que la verificación de la exactitud recae “inexorablemente” en el usuario.
¿Qué había advertido el Consejo Superior de la Judicatura sobre el riesgo?
En 2024, el Consejo Superior de la Judicatura expidió el Acuerdo PCSJA24-12243 con lineamientos para el uso responsable, seguro y ético de inteligencia artificial en la Rama Judicial.
El Acuerdo reconoce riesgos asociados a los modelos generativos: errores, imprecisiones, falsedades, sesgos discriminatorios y “alucinaciones”. También establece que la IA no puede sustituir la racionalidad humana ni la motivación judicial, y que todo contenido generado debe ser verificado.
Además, diferencia entre usos permitidos y usos sensibles. Autoriza emplear IA para tareas administrativas o corrección de estilo, pero exige una revisión reforzada cuando se trata de análisis jurídico o construcción argumentativa.
¿Hacia dónde apunta la nueva ética del litigio asistido por IA?
La inteligencia artificial no desaparecerá del ejercicio jurídico. Su uso será cada vez más frecuente y sofisticado, por lo que el debate ya no puede limitarse a prohibir o permitir herramientas. Lo relevante es construir estándares de uso responsables.
La lección que dejan el Consejo Superior de la Judicatura y la Corte Suprema es clara: la inteligencia artificial puede asistir la práctica jurídica, pero jamás reemplazar la verificación humana, el criterio profesional ni el deber ético de veracidad.