Administrativo y constitucional


Brigard Urrutia

Habilitación en salud: lo que cambia con el nuevo proyecto

20 de agosto de 2026

Por: Luisa Fernanda Girón Restrepo

Asociada de la practica de Life Sciences
Brigard Urrutia
Canal de noticias de Asuntos Legales

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Operar un servicio de salud en Colombia sin habilitación vigente no es un riesgo menor. Es causal de suspensión inmediata, sanciones administrativas y responsabilidad directa frente a pacientes y aseguradoras. Por eso, cuando el Ministerio de Salud publica un proyecto que busca sustituir desde sus cimientos la Resolución 3100 de 2019 (la norma que ha regulado la habilitación de IPS, clínicas, hospitales y profesionales independientes durante los últimos siete años), el sector entero debería prestar atención. Eso ocurrió en julio de 2026.

¿Qué tan profundo es el cambio?

No es una modificación puntual. El proyecto reorganiza simultáneamente el procedimiento de inscripción ante el REPS, eleva las exigencias de trazabilidad documental, incorpora reglas nuevas para telemedicina e interoperabilidad, redefine las responsabilidades de formación continua del talento humano y crea un régimen diferencial para prestadores en zonas rurales y dispersas, con planes de adecuación progresiva de hasta cuatro años. En paralelo, la telemedicina deja de ser un canal complementario para convertirse en infraestructura clínica con requisitos propios de conectividad, ciberseguridad, integración con la historia clínica y soporte técnico permanente. Para muchas IPS, eso representa una inversión significativa, no solo un ajuste operativo.

¿Cuál es el riesgo jurídico concreto?

El proyecto contempla un plazo de 12 meses para adaptarse, contados desde la expedición del texto definitivo. Ese plazo parece amplio hasta que se analiza lo que implica: adecuaciones de infraestructura, actualización tecnológica, revisión de contratos con proveedores y redes, reorganización del talento humano y nuevos protocolos de historia clínica electrónica interoperable. Ninguna de esas acciones es inmediata. Un prestador que llegue al mes doce sin haber iniciado su análisis de brechas no solo enfrentará procesos de verificación y posibles medidas de intervención, sino que también quedará expuesto a demandas de usuarios cuyos servicios se vean afectados por el incumplimiento.

¿Qué hacer desde ya?

El proyecto aún puede sufrir ajustes antes de su expedición definitiva, pero la dirección del cambio es clara y el contenido técnico ya está disponible. La preparación temprana, por lo tanto, no es optativa; es mas bien la mejor defensa jurídica disponible. Esto significa revisar el proyecto y sus dos tomos técnicos frente a la operación real de cada institución, identificar brechas específicas por servicio y sede, y estructurar un plan de adecuación que contemple no solo los requisitos físicos y tecnológicos, sino también los ajustes contractuales con operadores de telemedicina, redes de referencia y proveedores críticos.

La habilitación del futuro exige más evidencia, más trazabilidad y más gestión digital. Quienes empiecen hoy tendrán margen para decidir con calma; quienes esperen la norma definitiva, seguramente no.