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Nuevas licencias obligatorias: Cambios de la Reforma Laboral

22 de septiembre de 2025

Por: Tania Valentina García Sierra

Asociada Junior – Empleo y Compensación
Baker Mckenzie

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La Reforma Laboral, Ley 2466 de 2025, introdujo cambios en materia de licencias o permisos. Incluyó tres nuevas licencias obligatorias remuneradas, una facultativa y ajustó la redacción de otras ya expresamente reguladas.

¿Cuáles son las nuevas licencias laborales obligatorias y remuneradas?

  1. Asistencia a citas médicas urgentes o programadas con especialistas, siempre que el trabajador informe previamente y presente certificado médico. Esta disposición incluye los casos relacionados con el diagnóstico y tratamiento de la endometriosis.
  2. Asistencia a obligaciones escolares como acudiente, cuando el centro educativo requiera expresamente la presencia del trabajador.
  3. Atención de citaciones judiciales, administrativas o legales, sin que la norma defina con precisión el tipo de citaciones que aplican, lo que exige interpretación y regulación por parte de cada empleador.

¿Cuál es la nueva licencia facultativa?

Los empleadores pueden otorgar un día de descanso remunerado por semestre, si el trabajador certifica el uso de bicicleta como medio de transporte.

¿Qué ocurría antes de la Reforma?

Estas licencias no contaban con regulación expresa, lo que permitía que su otorgamiento dependiera de acuerdos entre empleador y trabajador. Así, era posible que se concedieran como licencias remuneradas, no remuneradas, se exigiera la reposición del tiempo o incluso se imputara el día como vacaciones. Con la Reforma el empleador está obligado a concederlas y remunerarlas, siempre que el trabajador cumpla con los requisitos mínimos establecidos. En cualquier caso, es válido reglamentar las condiciones y procesos para su otorgamiento y así, no afectar la operación del empleador.

¿Qué retos trae esta nueva obligación?

La Reforma no incluyó plazos específicos, ni desarrolló criterios detallados para su acreditación.

Por ejemplo, la mención a citaciones judiciales, administrativas o legales merece especial atención. Mientras que las citaciones judiciales, como audiencias o diligencias ante autoridades judiciales, están claramente comprendidas, los términos “administrativas” y “legales” resultan amplios y abiertos a interpretación.

Por ello, será responsabilidad de cada empresa definir los criterios de aplicación, así como los tiempos, procedimientos y documentos de soporte que deberán presentar los trabajadores para acceder a estas licencias, garantizando claridad operativa.

Recomendaciones para los empleadores

  • Definir criterios claros sobre el alcance de las licencias, los documentos requeridos para su otorgamiento y los plazos para su solicitud.
  • Comunicarlos a los empleados.
  • Actualizar el Reglamento de Trabajo, especialmente el capítulo de licencias y permisos, antes del 25 de junio de 2026.
  • Actualizar (de existir) o crear políticas de licencias y permisos.
  • Incorporar estos lineamientos en las políticas internas.

Este cambio normativo exige a las empresas revisar y ajustar sus procedimientos internos, pues lo que antes era una práctica voluntaria o sujeta a negociación entre las partes, hoy constituye una obligación legal, que requiere claridad operativa, trazabilidad y cumplimiento efectivo. Igualmente, requiere que el empleador determine si desea conceder la licencia por uso de bicicleta.