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La más reciente versión, del Proyecto de ley de la Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social introduce una serie de modificaciones al régimen SIMPLE de tributación. Entre otros aspectos, el Proyecto de Ley busca reducir las tarifas, eliminar y crear categorías de actividades y la eliminación de la obligación de declarar y pagar anticipos bimestrales para algunos contribuyentes. Estos cambios buscan fortalecer el régimen e incentivar la formalización de los contribuyentes en todo el territorio nacional.
¿En qué consiste el Régimen de Tributación SIMPLE?
La ley 1943 de 2018 creo el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE el cual comprende e integra los impuestos de Impuesto sobre la renta, Impuesto nacional al consumo y el impuesto de industria comercio consolidado. Es un sistema para el pago de diferentes impuestos que se declara anualmente y se paga con anticipos bimestrales a través de los sistemas electrónicos de la DIAN y al que se puede acceder de forma voluntaria.
Este régimen busca la unificación de gravámenes nacionales y municipales e incentivar la formalización por parte de los contribuyentes.
Los beneficios de este régimen consisten en la aplicación de una tarifa reducida, pero sobre los ingresos brutos, no estar sujeto a retención en la fuente del impuesto sobre la renta y tampoco estar obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente por este concepto.
¿Qué pasará con los grupos del Régimen SIMPLE?
Los artículos 27 y 28 del proyecto buscan eliminar el grupo 3 que comprende los servicios profesionales, de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales. Así mismo, se creara un nuevo grupo 4 de Educación, Salud y Asistencia Social.
¿Cómo cambiaría la obligación del pago de los anticipos?
Actualmente, los contribuyentes del régimen SIMPLE, están obligados a pagar de forma bimestral un anticipo a título de este impuesto, a través de los recibos de pago electrónico en el cual deben incluir la información sobre los ingresos que corresponde a cada municipio o distrito.
Para que se entienda cumplida la obligación, los contribuyentes deben realizar el pago total del anticipo o de los valores a pagar determinados en la declaración anual mediante el recibo oficial de pago, previo diligenciamiento del recibo electrónico o de la declaración del Régimen SIMPLE, a través de los servicios informáticos electrónicos de la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.
El proyecto propone que las personas naturales que pertenezcan al Régimen SIMPLE cuyos ingresos netos sean inferiores a tres mil quinientos (3.500) UVT no estén obligados a declarar y pagar anticipos bimestrales, simplificando la manera del pago del impuesto al eliminar el anticipo y el diligenciamiento del formato, recibo electrónico SIMPLE -formulario 2593-.