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El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió la Resolución 2210 de 2018 mediante la cual reglamentó el uso del Sello Minero Ambiental Colombiano. Según esta Resolución el Sello se convierte en una marca de certificación reconocida por la Superintendencia de Industria y Comercio y otorgada por un organismo certificador autorizado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla).
Este Sello lo puede portar un producto que provenga del oro, la plata y el platino en cuyo proceso de explotación y beneficio se cumpla con unos requisitos minero ambientales y de seguridad industrial más exigentes que lo establecidos en la Ley colombiana.
¿Cuál es el propósito de esta Resolución?
La norma tiene como propósito incentivar y promover el consumo de este tipo de metales preciosos provenientes de actividades de explotación y/o beneficio que implementen buenas prácticas y mejores técnicas mineras, y crear una herramienta de información para comparar las actividades de explotación y beneficio que presenten un mejor desempeño ambiental.
¿Qué tipo de productos pueden obtener el Sello Minero Ambiental?
Los productos que pueden obtener el Sello Minero Ambiental son aquellos que provengan del oro, la plata y el platino.
¿Cuáles son los requisitos para obtener el Sello Minero Ambiental?
Los solicitantes deben demostrar que en su proceso de explotación y/o beneficio se promueven acciones que minimizan los efectos adversos sobre el ambiente, en comparación con otros productos de la misma categoría, contribuyendo así a un uso eficiente y limpio de los recursos naturales renovables, a la protección de la salud y del medio ambiente.
La petición para la obtención del Sello Minero Ambiental se debe presentar ante el organismo certificador demostrando los programas complementarios y adicionales a los exigidos por la legislación ambiental y minera vigente. Además debe proponer un programa de educación y sensibilización ambiental en relación con el Sello Minero Ambiental. Se debe presentar un programa para el uso eficiente de energía y un registro mensual del consumo total de agua por unidad de producción que incluya un plan para el ahorro y uso eficiente de agua. Asimismo, la resolución indica que el solicitante del Sello Minero Ambiental debe demostrar inversiones en restauración y/o rehabilitación en al menos 5% del total de lo impuesto por la autoridad ambiental competente sin distinguir a cuál de todas las inversiones que debe realizar un titular/comercializador se refiere.
No se pueden usar productos que afecten la capa de ozono listadas en el Protocolo de Montreal. Asimismo, las actividades deben estar libres de uso de mercurio y se deben cumplir los protocolos internacionales de manejo de cianuro.
¿Qué duración tiene el Sello Minero Ambiental?
El sello tendrá un costo que será cobrado por el Organismo Certificador y tendrá una vigencia no superior a 3 años prorrogable, previa verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la resolución.
¿Qué papel cumple la SIC en el otorgamiento?
No es claro el papel que jugará la SIC en el trámite motivo por el cual resultará necesario que se defina la participación de esta entidad al respecto.
¿Qué beneficios genera el Sello Minero Ambiental?
Aunque la resolución no identifica los efectos comerciales/económicos que el sello pueda generar ni tampoco indica si habrá algún tipo de exención tributaria para quienes obtengan el sello, es claro que la obtención de este tipo de certificaciones genera en quien lo obtenga una posición comercial más competitiva y favorable frente a otros competidores.