Judicial

A pagar por disponibilidad de empleados, según fallo de la Corte Suprema

Colprensa

23 de agosto de 2017

Carlos Eduardo González

Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

Así usted no haya ido a laborar un día en el que su jefe le pidió disponibilidad, usted tiene derecho a que se le pague normalmente, como si hubiera laborado. Esto según una sentencia de la Corte Suprema de Justicia que falló en favor de cuatro empleados de la Empresa de Telecomunicaciones de Pereira, quienes interpusieron una tutela al sentir vulnerados sus derechos laborales.

Aunque la compañía de Telecomunicaciones afirmó que pagó las horas extras, recargos y días de compensación a los empleados, la Corte señaló en la sentencia que no era suficiente, puesto que la situación se debía a que los empleados “cuando eran programados para realizar turnos operativos, estaban disponibles para remediar algún inconveniente que se presentara, es decir, estaban bajo las órdenes de su empleador, sin importar la hora”.

Según el Alto Tribunal, al analizar las pruebas, se encontró que “los demandantes estaban disponibles algunos sábados y domingos, las 24 horas del día”, por lo que determinó que, así el trabajador no sea llamado efectivamente a desarrollar alguna tarea, se le debe hacer el pago de extras por estar disponible.