Judicial

Todo lo que debe saber sobre los cobros coactivos en las multas de tránsito

Gráfico LR

La autoridad le debe envíar notificaciones y plazos para pagar con descuento, e incluso le brinda la posibilidad de presentar descargos mediante una apelación

12 de agosto de 2025

Lucas Martínez

Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

El hecho de que usted ignore una multa de tránsito no hace que esta desaparezca mágicamente; por el contrario, con el paso del tiempo, la deuda irá creciendo.

Cuando la obligación que usted tiene no se paga y tampoco se acuerda un plan de pago, la autoridad de tránsito puede recurrir a una herramienta legal que permite cobrarla: el llamado cobro coactivo.

A este proceso no se llega de inmediato. Antes de alcanzarlo, la autoridad le envía notificaciones y plazos para pagar con descuento, e incluso le brinda la posibilidad de presentar descargos mediante una apelación. Por esta razón, cuando se agotan todas las instancias y la deuda sigue sin ser saldada, se procede a iniciar el cobro coactivo.

Gráfico LR

Juan Francisco Navarrete González, abogado de Navarrete Consultores, explicó que este es un “procedimiento administrativo que tienen las entidades públicas para cobrar de manera forzada una obligación dineraria que no fue pagada voluntariamente”.

Navarrete González señaló que, en el caso de las multas de tránsito, se aplica cuando el infractor no paga dentro de los plazos legales y la sanción ya está en firme, es decir, que no existen recursos pendientes. El experto agregó que la autoridad puede iniciar el cobro coactivo “una vez la multa esté ejecutoriada y haya vencido el plazo de pago voluntario”. También indicó que no existe un tiempo adicional para pagar, pero la acción de cobro prescribe a los cinco años contados desde la ejecutoria de la sanción.

De acuerdo con el Código General del Proceso, se puede embargar hasta 50 % del salario mensual neto, siempre que se trate de ingresos laborales, pensionales o similares. En el caso de dinero en cuentas bancarias, “se puede retener hasta cubrir el valor total adeudado más intereses y costas”, precisó el abogado Navarrete.

Descuentos en comparendos

En el caso de Bogotá, la Secretaría de Movilidad ofrece alternativas para que usted se ponga al día con las obligaciones de tránsito. De esta manera, los infractores pueden acceder a un curso pedagógico que, junto con el pago oportuno, permite obtener descuentos de hasta 50% sobre el valor del comparendo impuesto.

Si un comparendo fue notificado en vía, usted puede acceder a un descuento de 50% en el valor de la sanción si realiza el curso y paga dentro de los cinco días hábiles siguientes a la imposición de la falta. Si el curso y el pago se hacen entre el sexto y el vigésimo día hábil posteriores a la fecha de notificación, el descuento será de 25%.

LOS CONTRASTES

  • Juan Francisco Navarrete G.Abogado de Navarrete Consultores

    “En el caso de multas de tránsito, se aplica cuando el infractor no paga dentro de los plazos legales y la sanción ya está en firme, es decir, que no hay recursos pendientes”.

  • Stalin RojasDir. Observatorio de Movilidad de la U. Nacional

    “Hay dos tipos de infracciones: simple y compleja. Será simple cuando se trate de solo violación a la norma, y compleja, si se produce un daño material”.

En el caso de los comparendos electrónicos, los plazos son distintos. Si usted realiza el curso y paga dentro de los 11 días hábiles siguientes a la notificación del comparendo, el descuento será de 50%. Si lo hace entre los días 12 y 26 hábiles posteriores a la notificación, el descuento se reducirá a 25%.

Acuerdos de pago

Los acuerdos de pago son otra de las opciones que usted tiene para saldar la deuda generada por comparendos. Es decir, si no puede pagar el valor total del comparendo, podrá acceder a este beneficio siempre y cuando cumpla con ciertos requisitos, como: certificación bancaria (no mayor a 30 días), certificación laboral (no mayor a 30 días), copia de un recibo de servicio público del lugar de residencia, declaración juramentada ante notario sobre la existencia o no de bienes a su nombre y, en caso de ser independiente, la declaración de renta o un certificado de ingresos. Entre las condiciones del acuerdo se encuentran no haber sido reportado en el Boletín de Deudores Morosos del Estado, no haber incumplido acuerdos anteriores y pagar una cuota inicial del 40 % del valor total dentro de los cinco días hábiles posteriores a la firma del acuerdo.

Comparendos en 2025

De acuerdo con el Observatorio de Movilidad de Bogotá, en lo que va del año, hasta el 16 de julio, se han impuesto 502.210 comparendos. Junio ha sido el mes con más reportes (82.269), seguido de abril (79.646) y enero (76.621).

En cuanto a los tipos de comparendo por código de infracción, el que más se ha presentado es el C29 (conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida) con 183.087 (36,46%).

Antecedentes

Navarrete González explicó que hay algunos bienes o ingresos que están protegidos y no se pueden embargar en el caso de un cobro coactivo realizado por la autoridad de tránsito. En este caso, son inembargables el salario mínimo mensual legal vigente, las pensiones hasta un salario mínimo, elementos indispensables de uso personal y del hogar, herramientas necesarias para oficio o profesión, recursos destinados a la seguridad social.