Cuál es la protección legal que tienen los trabajadores independientes o freelancer
En esta modalidad de contratación, el contratista está cobijado por una serie de coberturas que aunque tiene que asumir protegen sus derechos
15 de noviembre de 2024Contenido
Dentro de las relaciones laborales hay varias modalidades de contratación, la de contrato a término definido y contratos a término indefinido. Pero en este ámbito, también está la modalidad de los trabajadores independientes, prestación de servicio o freelance.
Y es que en el panorama actual, se ve un aumento de personas que, tras años de empleo dependiente, optan o se ven forzadas a emprender como trabajadores autónomos.
Es así como es fundamental reconocer la importancia de comprender las implicaciones legales y laborales para el empleador y para el contratista al momento de trabajos independientes. Estas afectan las responsabilidades y derechos de ambas partes.
Primero que todo, para el contratista es crucial entender sus obligaciones en términos de seguridad social, impuestos y otras regulaciones legales. Mientras que para el empleador, es necesario y vital comprender las regulaciones laborales pertinentes y asegurarse de cumplirlas adecuadamente es esencial.
Los trabajadores independientes con ingresos netos mensuales iguales o superiores a un salario mínimo deben cotizar a seguridad social sobre 40% de sus ingresos mensuales totales. Estos deben realizar sus aportes al sistema de seguridad social sobre todos sus ingresos, en los porcentajes establecidos: 12,5%, en el caso de salud; y 16%, para pensiones.
Para cumplir con esa obligación, es necesario que las personas se afilien como independientes en la EPS, fondo de pensiones y ARL de su elección. Para saldar el rubro de pensiones, es necesario hacer el pago a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila). Esto, teniendo en cuenta los ingresos recibidos en el periodo de cotización, es decir, el mes anterior. Para ello, además, hay varias herramientas tecnológicas que simplifican el proceso.
Adicionalmente, hay algunas consideraciones que se deben tener en cuenta. Frente al sistema de pensiones, la Ley 797 de 2003 brinda una definición clara de quién es considerado este tipo de trabajador para este sistema. Sin embargo, establece que están obligados a cotizar al sistema aquellos que realicen una prestación directa mediante contratos de prestación de servicios u otras modalidades de servicio.
En cuanto a salud, de acuerdo con el Decreto 1703 (2002), las personas naturales que realicen una contratación no laboral para la ejecución de un servicio cuya duración sea superior a 3 meses, son consideradas trabajadores independientes para el sistema de salud. Esto implica obligaciones especiales para su contratante.
También se debe mirar el sistema de riesgos profesionales. En el Decreto 2800 (2003), se precisa que los trabajadores independientes pueden vincularse de manera voluntaria al sistema de riesgos profesionales. Eso sí, si prestan servicios personales o realizan actividades económicas por cuenta propia mediante contratos, cuya duración sea superior a 3 meses.
Pero a partir del inicio del 2025, los trabajadores independientes en Colombia deberán adaptarse a un nuevo sistema de aportes a pensión, según lo aprobado por el Congreso con la reforma pensional.
En relación con el tema de impuestos, todo trabajador o contratista independiente debe registrarse en el Registro Único Tributario (RUT). Este le otorga un Número de Identificación Tributaria (NIT), que es obligatorio para cumplir con las obligaciones tributarias y mantenerse en conformidad con las disposiciones legales vigentes.