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Las razones para prohibir al influencer Dominic Wolf de usar la camiseta de la Selección

Dominic Wolff siempre ha pregonado su amor por el país y en estos videos aparece recorriendo distintas regiones con la amarilla puesta

17 de agosto de 2023

Carlos Jaramillo Palacio

Canal de noticias de Asuntos Legales

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Uno de los temas de conversación por estos días, sobre todo en redes sociales, es la prohibición que le hizo la Federación Colombiana de Fútbol al influencer alemán, Dominic Wolff, de usar la camiseta de la Selección Colombia en sus videos. Wolff siempre ha pregonado su amor por el país y en estos videos aparece recorriendo distintas regiones con la amarilla puesta.

“Llevo muchos años dejando en alto el nombre de Colombia y siempre me ha encantado con la camiseta de la selección, la cual así, como yo lo entendí, no solo representa el fútbol colombiano, sino también la cultura colombiana. Si no retiro dichos videos me dijeron que van a iniciar acciones legales en mi contra”, aseguró Wolff en uno de los videos.

Efectivamente, en días pasados al influencer le llegó una comunicación de la Federación Colombiana de Fútbol en el que le pedían “retirar muchos videos promocionales de sus redes sociales donde usa la camiseta porque no tiene los derechos de imagen”. En la comunicación también le notificaban que si no retiraba dichos videos iniciarían acciones legales en su contra.

El generador de contenido accedió a la petición de la Fedefútbol. Retiró los videos para, dice él, no tener problemas con las leyes colombianas. Tras las críticas de mucha gente al presidente de la Fedefútbol, Ramón Jesurún, el organismo rector del fútbol colombiano sacó un comunicado en el que aseguró que ellos no le estaban prohibiendo usar la camiseta de Colombia como si fuera un hincha más, pero alegan que el influencer está haciendo un uso ilegítimo de los signos distintivos de la FCF.

“El problema es que Dominic Wolff usa la camiseta de la Selección para hacer publicidad de marcas que no patrocinan a la Federación y, peor aún, estas marcas son la competencia directa de las marcas que patrocinan a la FCF”, explicaron en el comunicado emitido.

Y es que el tema que generó la polémica, argumenta la Federación, es que aparezca con la indumentaria de la Selección incentivando actividades comerciales de empresas y/o marcas a las que Wolff les realiza publicidad.

“A nuestro juicio, se está haciendo un uso ilegitimo de los signos distintivos de la FCF en los términos de la Decisión 486 de 2000, toda vez que el uso de la indumentaria y la camiseta oficial de la Selección Colombia no ha sido consentido ni autorizado por la FCF”, se lee en la carta firmada por Andrés Tamayo, quien es el secretario general de la Federación Colombiana de Fútbol.

Y es que la Decisión 486 de 2000 de la que se habla en la carta, dice expresamente lo siguiente: “el titular de registro de la marca tendrá el uso exclusivo de la misma y podrá impedir que cualquier tercero realice, sin su consentimiento, cualquiera de los siguientes actos: use la marca o un signo distintivo idéntico o semejante sobre productos para los cuales fue registrado la marca; suprima o modifique la marca con fines comerciales; y use en el comercio un signo idéntico o similar para promocionar productos o servicios cuando ese uso puede ocasionar confusión o riesgo de asociación con el titular del registro”.

Desde el punto de vista jurídico es un caso bien interesante que genera preguntas como por qué se lo prohibieron. El abogado Carlos Amaya, docente de derecho del Politécnico Grancolombiano, lo explica. “Primero, hay que considerar que la camiseta puede ser un objeto de protección de diferentes figuras de propiedad intelectual. Podría ser, eventualmente, un diseño industrial a través del patrón en el que se presenta el diseño de la camiseta. Frente al concepto que no tiene autorización para hacer el uso de la imagen, como lo entiende la FCF, debemos considerar que la imagen en principio puede estar representada en ese reconocimiento en el mercado que una persona, a través de su rostro, da hacia un publico a través de consumidores y de seguidores. Este es un caso bien interesante, pues considera que la camiseta en sí misma representa una imagen. Mi opinión es que sí lo pude prohibir, ya que representa la imagen institucional de la Federación Colombiana de Fútbol. Es importante tener presente que la camiseta de la Selección y los demás signos de la FCF no hacen parte del concepto de Marca País, recientemente creado por la Comunidad Andina de Naciones. Nos encontramos ante una situación que se desarrolla en el ámbito 100% privado”.

El mismo Amaya agrega que hay otro aspecto por el que la prohibición tiene sustento.

Y es que: “muy seguramente él u otros influenciadores pueden estar recibiendo ganancias por sus publicaciones donde hace uso de la camiseta y no cuenta con la autorización para su uso. Ahí tenemos un conflicto frente al uso de los activos intangibles de un tercero, que puede ser una de las tantas situaciones que haga atractivo al influenciador para diferentes campañas de mercadeo o publicidad”.

Mientras que Karl Mutter, socio del área de propiedad intelectual de CMS Rodríguez-Azuero, asegura que: “él estaba haciendo uso de la camiseta con fines publicitarios, comerciales y económicos sin contar con la debida autorización de la Federación para realizar estas actividades que son pagadas por otras marcas. A pesar de que nos parezca una publicación informal y poco planeada, se trata de una pieza publicitaria idéntica en su naturaleza a la publicidad de televisión de la novela de la noche”.