Judicial

Estos son los delitos que hay detrás de acogerse a la Ley de Insolvencia con una falsa quiebra

Hasta 10 años de cárcel pueden pagar las personas que participen en estos actos al cometer concierto para delinquir, fraude procesal y falsedad en documento

23 de abril de 2026

Diego Alejandro Ospina Henao

dospina@larepublica.com.co
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Asobancaria advirtió sobre el uso indebido de la insolvencia, una figura legal que en algunos casos se estaría utilizando para cometer fraude. Jonathan Malagón, presidente de la entidad, señaló que en una década se pasó de 400 a 20.000 casos, lo que supone un incremento de casi 5.000%. Para este año proyectan que se registren 35.000 casos de este tipo, lo que impacta al sistema financiero.

Las personas que hayan incurrido o que se presten para este acto delictivo pueden afrontar hasta varios años de cárcel por los delitos de concierto para delinquir, fraude procesal y falsedad en documento. Malagón advirtió que las personas que se declaran en insolvencia haciendo trampa, los abogados u otros profesionales que ayudan en el proceso, y los prestanombres que permiten usar su identidad para servir como acreedores ficticios en estos procesos, podrían incurrir hasta 10 años de cárcel.

Gráfico LR

Billy Escobar, superintendente de Sociedades, aclaró que, frente a la denuncia hecha por Asobancaria, por el incremento de procesos de insolvencia, solo aplica para las personas naturales, mas no se está haciendo referencia al tejido empresarial.

Escobar recalcó que, dentro del sector empresarial, la insolvencia se encuentra en completa normalidad, en la que cerca de 2.800 organizaciones están en proceso de reorganización de sus deudas, mientras que otras 1.000 ya hicieron un acuerdo para seguir con sus operaciones con normalidad.

“Las empresas grandes de Colombia ya llegaron a un punto de estancamiento por el crecimiento de la cifra en cuanto a la insolvencia. Las cifras generales no son más de 5.000 compañías y de esas, 80% se encuentran en proceso de reorganización y acuerdo de ejecución. Se ha cumplido con los acuerdos en un entorno de más de 1,3 millones de empresas en el tejido empresarial nacional”, destacó.

¿Existe vacío legal?

Este contexto puede hace r creer que existe un vacío legal en la Ley 2445 de 2025, que “suaviza” el formato de insolvencia, pero David Sotomonte Mujica, abogado de la Universidad Externado de Colombia, especialista en derecho de los negocios, explicó que en realidad, se tiene un “diseño legislativo insuficiente”.

LOS CONTRASTES

  • Billy Escobar Superintendente de Sociedades

    “Ese trámite (insolvencia irregular) que se está gestionando terminará perjudicando la vida personal, la capacidad crediticia e involucrado en estas acciones de orden penal, porque son falsedades”.

Sotomonte informó que el sistema de insolvencia de la persona natural, además de propender por el pago de las obligaciones del deudor, busca su reinserción a la actividad económica y al sistema financiero mediante la figura de la descarga o exoneración de pasivos, por lo que si el ordenamiento contara con mecanismos eficaces, que asegurarán que la descarga de pasivos solo se otorgara a los deudores de buena fe, serían menos los sujetos que se aventurarían a utilizar fraudulentamente las normas.

“No se puede calificar como sistemático el ejercicio irregular de los derechos o acceso a los trámites y procedimientos que el ordenamiento jurídico establece. La mala utilización de las normas no es generalizada. La principal problemática que enfrentamos es la conducta fraudulenta de un sector reducido de practicantes y operadores”, recalcó el también socio de Sotomonte, Sotomonte & Rodríguez Abogados.

Expertos explicaron que las personas que estén dentro de estos procesos y tengan conocimiento del ‘modus operandi’, para los “colaboradores” que ayudaron a avanzar con la acción, pueden generar una inhabilidad laboral de su título profesional y sanciones, ya sean de carácter penal, patrimonial y/ o disciplinarias.

José Nicolás Mora, director de litigios y arbitraje de Serrano Martínez CMA, recalcó que se deben endurecer los requisitos de admisión a este régimen de protección, en el sentido de analizar si se trata de una genuina situación de insolvencia imprevisible para el deudor, o de una situación de cesación de pagos prefabricada.

Pero el abogado litigante y profesor universitario de Areandina, David Santiago Leyva Gómez, comentó que el incremento de estos procesos en los últimos años tiene una explicación económica, ya que la pandemia y otros factores de orden público afectaron, de manera significativa, la estabilidad financiera de empresas y personas. “Estas causas llevaron a muchos a buscar en la insolvencia una salida para normalizar sus obligaciones”, dijo Leyva.

Sin embargo, estas actuaciones, según Billy Escobar, superintendente de Sociedades, “afectan la credibilidad del sistema financiero colombiano y a las familias, porque el ciudadano de a pie cree en la bondad de esto, pero estas acciones anulan al mismo usuario del sistema financiero”.

Antecedentes

David Sotomonte Mujica, abogado de la Universidad Externado de Colombia, explicó que la “nueva insolvencia” se dio con la entrada en vigor de la reforma al Código General del Proceso, introducida por la Ley 2445 de 2024, que permite la reducción de los requisitos de acceso al trámite de insolvencia; se pasó de exigir un vencimiento de 50% del pasivo del deudor a 30%. Y también deja la apertura directa de los procesos de liquidación patrimonial sin trámite recuperatorio.