Hacienda

La información y los datos que le podrían solicitar para la facturación electrónica

Gráfico LR

Los datos obligatorios que pide la Dian son: apellidos y nombres y razón social, NIT del vendedor y discriminación del impuesto IVA

04 de noviembre de 2023

Alejandra Rico Muñoz

Canal de noticias de Asuntos Legales

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La facturación electrónica ha revolucionado la forma en que las empresas gestionan sus transacciones financieras y ha simplificado en gran medida el proceso de emisión y recepción de facturas. A medida que este método se ha vuelto más común, es importante comprender qué datos pueden ser solicitados al consumidor en el proceso, así como los usos que le pueden dar a toda esta información. Y es que el jueves fue noticia el almacén Jumbo que cerraron tres días por incumplir con esta.

La posibilidad de obtener los datos personales llevó a que varias marcas implementaran la factura electrónica como un mecanismo para adquirir la información personal de los consumidores. No obstante, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, no exige muchos datos personales para la creación de este comprobante. Según la Dian, los datos obligatorios para las facturas electrónicas son: estar denominada expresamente como factura de venta; apellidos y nombre o razón y NIT del vendedor o de quien presta el servicio; discriminación del IVA pagado o impuesto al consumo; llevar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de facturas de venta, además del correo electrónico.

“Si está obligado a facturar o eligió facturar, tiene que pedir un correo electrónico para recibir la factura so pena de incumplimiento de normas tributarias y posibles sanciones sobre el particular”, dijo José Luis Jerez, socio de CMM Abogados.

Gráfico LR

Por su parte, Jaime Enrique Gómez, socio de Posse Herrera Ruiz, aseguró que “de conformidad con el concepto No. 14-268971 del 2018 de la Superintendencia de Industria y comercio y el literal b del artículo 3 de la Ley 1582 de 2012 (Ley de protección de datos), la dirección de correo electrónico es considerada un dato de “carácter personal”, por lo que, en caso de requerir realizar cualquier envío de información o comunicación comercial, es necesario realizar la solicitud del correo electrónico al usuario y contar con su autorización”.

LOS CONTRASTES

  • Jaime Enrique GómezSocio de Posse Herrera Ruiz

    “De conformidad con el literal b del artículo 3 de la Ley 1582" de 2012 (Ley de protección de datos), la dirección de correo electrónico es considerada un dato de ‘carácter personal’”.

  • Jose Luis JerezSocio de CMM Abogados

    “Si está obligado a facturar o eligió facturar, tiene que pedir un correo electrónico para recibir la factura so pena de incumplimiento de normas tributarias y posibles sanciones sobre el particular”.

La Ley 1581 regula en Colombia la protección de datos. Según el legislativo, todos tenemos derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido en bases de datos o archivos que sean susceptibles de tratamiento por entidades de naturaleza pública o privada.

La implementación de la factura electrónica en los comercios empieza a traspasar una línea con los datos sensibles de los consumidores, pues muchas veces se le exige al cliente datos como el celular obligatorios en la factura que se presente. Sin embargo, son usados para enviar publicidad. Esta ley busca proteger a los usuarios y a sus datos personales.