La remuneración mensual de los notarios está definida según el volumen de trámites
El Decreto 2148 de 1983 facultan al notario para crear los empleos necesarios para el funcionamiento de su oficina y definir los salarios y prestaciones de los empleados con los recursos provenientes de los derechos notariales
09 de abril de 2026Contenido
El superintendente de notariado y registro, Ricardo Agudelo, explicó que con el concurso de mérito para ser notario hay 400 vacantes, por lo que un factor importante para quienes aspiran a ocupar este cargo, además de cumplir con los requisitos, es conocer cuál es la remuneración que lograrían con su trabajo.
Para ello, vale tener en cuenta que los notarios no perciben un salario fijo del Estado, sino que sus ingresos dependen del volumen de trámites que realicen, la ubicación de la notaría y el tamaño de la entidad en la que trabajen, de forma que no hay monto fijo establecido.
En un registro realizado por el Ministerio de Justicia en 2023 se registró que hay gran disparidad entre los ingresos de los notarios, ya que en notarías financiadas por el Estado pueden ganar entre $5 y $9 millones mensuales, mientras que quienes ejercen en grandes notarías privadas pueden percibir entre $80 y $120 millones por el alto flujo de trámites.
En el caso de los notarios municipales el salario puede ser de $3 millones, y las notarías con ingresos insuficientes reciben subsidios del Fondo Cuenta Especial de Notariado, que oscilan entre $6,9 millones y $12,8 millones mensuales.
Además del salario básico, los notarios municipales también reciben una comisión de un porcentaje de la tarifa que se cobra por cada servicio notarial, la cual puede ser entre 5% y 20%, dependiendo del tipo de servicio.
Es importante tener en cuenta que el salario de un notario municipal también está sujeto a las leyes tributarias del país. Los notarios deben pagar impuestos sobre los honorarios que reciben por sus servicios.
Este esquema diferencial se da por el marco regulatorio notariado, en el artículo 131 de la Constitución Política se le atribuye a los congresistas "la competencia para reglamentar el servicio público notarial, definir el régimen laboral de sus empleados y establecer los aportes de las notarías con destino a la administración de justicia".
El Decreto 960 de 1970, Estatuto del Notariado, establece que los ingresos del notario no provienen de una asignación salarial estatal sino de los derechos cobrados al público y la Ley 29 de 1973 y el Decreto 2148 de 1983 facultan al notario para crear los empleos necesarios para el funcionamiento de su oficina y disponer que los salarios y prestaciones de sus empleados se cubran con los recursos provenientes de los derechos notariales.
Finalmente, el Decreto Ley 1672 de 1997 creó el Fondo Cuenta Especial de Notariado, un mecanismo a través del cual se canalizan los subsidios para las notarías de insuficientes ingresos.