Lo que debe saber acerca de la época de vacancia judicial y qué pasa con los procesos
Durante este tiempo, no corren los términos procesales en la mayoría de los casos, salvo en los asuntos considerados urgentes, como tutelas y habeas corpus
09 de diciembre de 2024Contenido
Las épocas decembrinas también llegan a la justicia. Próximamente, inicia la época conocida como vacancia judicial en la que el personal de algunas instituciones toman vacaciones y por ende algunos procesos pueden verse estancados.
Así las cosas, Diana Carvajal directora de litigios de Riveros Victoria Abogados explicó que esta época es un periodo de tiempo, que inicia el 20 de diciembre, en el que los despachos judiciales suspenden sus actividades ordinarias, como la atención al público, la celebración de audiencias y el trámite de procesos.
La experta indicó que durante este tiempo, no corren los términos procesales en la mayoría de los casos, salvo en los asuntos considerados urgentes, como tutelas y habeas corpus.
Las entidades que cierran para esta época son juzgados, tribunales, altas cortes y las funciones jurisdiccionales de las superintendencias cuando así lo dispongan mediante resolución, a excepción de juzgados penales municipales y los juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad.
Es decir "quedan funcionando los despachos judiciales municipales y los despachos de la Fiscalía, estas entidades mantienen el servicio al público, con respecto a aquellos despachos que cierran no se realizan actividades", explicó Juan Francisco Navarrete, abogado Penalista y Procealista.
Por ejemplo, en esta época funciona la JEP, el Consejo Superior de la Judicatura, la dirección administrativa judicial, los juzgados de ejecución de penas, Medicina Legal y los ya mencionados juzgados y la Fiscalía.
En este sentido, deberá tener en cuenta que la vacancia judicial finaliza el 10 de enero de 2025, y los despachos judiciales retomarán sus actividades el 13 de enero de 2025, que corresponde al siguiente día hábil, ya que el 11 y 12 de enero son sábado y domingo, días no hábiles.
Sobre los procesos, Juan Francisco Navarrete, abogado Penalista y Procealista, destacó que "los términos en los procesos de aquellos despachos que entran en vacancia judicial se suspende sujetos a la temporalidad o la duración de la misma".
Lo anterior quiere decir que los procesos en curso en los despachos judiciales que suspenden sus actividades no tendrán ninguna actuación. Por lo tanto, dichos procesos permanecerán en el estado en que se encontraban antes del inicio de la vacancia.
En caso de necesitar acudir a alguna de estas entidades, Carvajal, destacó que la persona deberá esperar a que los despachos judiciales reanuden sus actividades el 13 de enero de 2025, con excepción de las acciones de tutela y los procesos de habeas corpus, que se tramitan de manera continua.
Estos dos procesos no serán interrumpidos en este periodo ya que serán atendidas por los despachos judiciales que permanecen activos en este periodo, como los juzgados penales municipales y los juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad.