Los ajustes de las tarifas que tiene que conocer para pagar los honorarios a su abogado
Algunos costos van atados al mínimo y hay otros que son fijos por porcentaje, además varía del valor agregado de la firma
16 de febrero de 2026Contenido
En las firmas de abogados, la fijación de los honorarios responde a una combinación de factores que van más allá del tiempo dedicado a un caso. Por lo que algunos elementos suelen ser determinantes al momento de definir sus tarifas.
Este tipo de precios no son ajenos a las decisiones que se toman en el país, por lo que el aumento del salario mínimo tiene un impacto a la par en la estructura de costos de las firmas legales. Aunque de igual manera hay servicios que van atados al valor económico del negocio o del resultado.
Esto quiere decir que en el sistema jurídico colombiano, el salario mínimo funciona como una unidad de referencia económica que determina honorarios profesionales, cuantías procesales, sanciones, cauciones y costos judiciales.
Gina García, gerente de GLR Abogados, señaló que en el caso de la reciente suspensión provisional del salario mínimo, “las tarifas atadas al salario mínimo no se congelan ni desaparecen, se ajustarán automáticamente al valor que fije el nuevo decreto provisional, lo que implica que la suspensión no es inmediata. La providencia introdujo una regla de transición que mantiene la vigencia del incremento mientras el Gobierno expide un nuevo decreto con una cifra provisional”.
Frente a este tema, el Gobierno tendrá ocho días para expedir un nuevo decreto transitorio, el actual había sido expedido debido a que no se había logrado un consenso.
Así están fijados los honorarios
De acuerdo con la Corporación Colegio Nacional de Abogados, los honorarios que están fijados en un número determinado de salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Algunos de ellos son por ejemplo consulta verbal (50% de un salario mínimo), consulta escrita (un salario mínimo), interrogatorio de parte (un salario mínimo), declaración extrajudicial (un salario mínimo), constitución de sociedades (10 salarios mínimos), custodia y cuidado personal de menores (cuatro salarios mínimos), matrimonio civil (tres salarios mínimos), asesoría laboral permanente a empresas (dos salarios mínimos), procesos penales - consulta oral (un salario mínimo) y asesorías administrativas a entidades oficiales (tres salarios mínimos).
Por su parte, hay honorarios fijos en porcentaje pero que tienen tarifa variable. Estos son los que no están atados al salario mínimo sino al valor económico del negocio o resultado. Allí se encuentran procesos ordinarios de mínima cuantía (20%), mayor cuantía (10%); proceso ejecutivo singular (15%, 10% u 8% según cuantía); juicio de sucesión (15%, 10%, 5%, 4% o 3% según el valor); gestión de prestaciones sociales (30% del valor reconocido); restablecimiento de derechos laborales administrativos (30% de la suma conseguida). “Estos no dependen del salario mínimo sino del monto económico del asunto, que el abogado puede también pactar de manera proporcional”, explicó García.
De igual manera hay otros tipos de honorarios llamados mixtos, en los cuales se encuentra el salario mínimo más un porcentaje.
García indicó que hay varios trámites que combinan ambas fórmulas. Algunos de estos son elaboración de minutas para escrituras públicas (un salario mínimo más porcentaje adicional); expropiación (tres salarios mínimos más porcentaje según cuantía); y liquidación de sociedades civiles (un salario mínimo más porcentaje sobre patrimonio). También hay honorarios que suelen manejar tarifa fija, por lo que algunos servicios se cobran con precio comercial, independiente del mínimo, estas son consultas jurídicas, elaboración de contratos, derechos de petición, tutelas, conceptos empresariales, asesorías mensuales y trámites notariales simples.
Asimismo, Angélica María Carrión, socia directora general de López y Asociados, detalló que “esto depende si dichos servicios legales están tarifados en Smlmv o en fracciones de Smlmv, o si por el contrario están pactados en un valor en pesos. En el primer caso los cambios en el salario mínimo afectaría los costos de los servicios legales. Ahora bien, en el segundo caso, cuando los servicios legales están pactados en pesos, las modificaciones del Smlmv no generarán ningún cambio en el monto de los mismos”.
Impacto del mínimo
García también explicó que a la vez que sube el mínimo aumenta automáticamente el valor del servicio, se ajustan contratos de prestación de servicios con cláusulas de indexación, suben los costos de trámites judiciales y administrativos.
De igual manera, hay que tener en cuenta el incremento de costos operativos del abogado o la firma, esto debido a que el incremento implica mayor costo de asistentes, practicantes y personal administrativo, incremento de seguridad social y aumento de arriendos y servicios debido a efecto inflacionario que se podría presentar.
La gerente de GLR Abogados explicó que esto puede generar ajustes en tarifas fijas, aunque no estén indexadas. Mientras que por el lado de las cuantías, debido a que varios procesos dependen de estas en salarios mínimos, puede cambiar la competencia entre juez municipal y de circuito, además que pueden aumentar requisitos económicos del proceso.